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Legislación › Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016.

Israel

Israel

Reservas y notificaciones formuladas por el Estado de Israel en el momento de depositar el instrumento de ratificación, de conformidad con los artículos 28.6 y 29.3 del Convenio

Artículo 2. Interpretación de términos.

Notificaciones. Convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.

A tenor del artículo 2.1.a)(ii) del Convenio, Israel desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:

N.º Título Otra Jurisdicción contratante Original/ Instrumento por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor
1 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Armenia. Original. 25-07-2017 N. p.
2 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Austria. Original. 28-11-2016 01-03-2018
3 Convenio entre el Estado de Israel y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Azerbaiyán. Original. 13-12-2016 27-12-2017
4 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bielorrusia. Original. 11-04-2000 29-12-2003
5 Convenio entre el Estado de Israel y el Reino de Bélgica para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bélgica. Original. 13-07-1972 04-11-1975
6 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Brasil. Original. 12-12-2002 16-09-2005
7 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Bulgaria. Original. 18-01-2000 31-12-2002
8 Convenio entre el Estado de Israel y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta («y sobre el patrimonio» en el Convenio de 1975). Canadá. Original. 21-09-2016 21-12-2016
9 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. China. Original. 08-04-1995 22-12-1995
10 Convenio entre el Estado de Israel y la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Croacia. Original. 26-09-2006 01-02-2007
11 Convenio entre el Estado de Israel y la República Checa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Checa. Original. 12-12-1993 23-12-1994
12 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno del Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Dinamarca. Original. 09-09-2009 29-12-2011
13 Convenio entre el Estado de Israel y la República de Estonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Estonia. Original. 29-06-2009 28-12-2009
14 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Democrática Federal de Etiopía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Etiopía. Original. 02-06-2004 25-02-2007
15 Convenio entre el Estado de Israel y la República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Finlandia. Original. 08-01-1997 08-11-1998
16 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Francia. Original. 31-07-1995 18-07-1996
17 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de Georgia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Georgia. Original. 12-05-2010 22-11-2011
18 Convenio entre el Estado de Israel y la República Helénica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Grecia. Original. 24-10-1995 06-03-1998
19 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Hungría para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hungría. Original. 14-05-1991 13-11-1992
20 Convenio entre el Estado de Israel y la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. India. Original. 29-01-1996 15-05-1996
Instrumento por el que se modifica. 14-10-2015 19-12-2016
21 Convenio entre el Estado de Israel e Irlanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Irlanda. Original. 20-11-1995 24-12-1995
22 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Italiana para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal. Italia. Original. 08-09-1995 06-08-1998
23 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de Jamaica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Jamaica. Original. 29-06-1984 03-09-1985
24 Convenio entre el Estado de Israel y Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Japón. Original. 08-03-1993 24-12-1993
25 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Corea. Original. 18-03-1997 13-12-1997
26 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Letonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Letonia. Original. 20-02-2006 13-07-2006
27 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Lituania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Lituania. Original. 11-05-2006 01-12-2006
28 Convenio entre el Estado de Israel y el Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Luxemburgo. Original. 13-12-2004 22-05-2006
29 Convenio entre el Gobierno de Israel y el Gobierno de Macedonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Macedonia. Original. 09-12-2015 N. p.
30 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de Malta para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malta. Original. 28-07-2011 08-12-2013
31 Convenio entre el Estado de Israel y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. México. Original. 20-07-1999 09-05-2000
32 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Moldavia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Moldavia. Original. 23-11-2006 12-04-2007
33 Convenio entre el Estado de Israel y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Países Bajos. Original. 02-07-1973 09-09-1974
Instrumento por el que se modifica. 16-01-1996 26-07-1996
34 Convenio entre el Estado de Israel y el Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Noruega. Original. 02-11-1966 11-01-1968
35 Convenio entre el Estado de Israel y la República de Panamá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Panamá. Original. 08-11-2012 30-06-2014
36 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Filipinas para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Filipinas. Original. 09-06-1992 27-05-1997
37 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Polonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Polonia. Original. 22-05-1991 30-12-1991
38 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Portugal. Original. 26-09-2006 18-02-2008
39 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de Rumanía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Rumanía. Original. 15-06-1997 21-06-1998
40 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la Federación de Rusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Rusia. Original. 25-04-1994 07-12-2000
41 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Singapur. Original. 19-05-2005 06-12-2005
42 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. República Eslovaca. Original. 08-09-1999 23-05-2000
43 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Eslovenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Eslovenia. Original. 30-01-2007 27-12-2007
44 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital. Sudáfrica. Original. 10-02-1978 27-05-1980
45 Convenio entre el Estado de Israel y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. España. Original. 30-11-1999 20-11-2000
46 Convenio entre Israel y Suecia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Suecia. Original. 22-12-1959 03-06-1960
47 Convenio entre la Oficina Económica y Cultural de Taipéi en Tel-Aviv y la Oficina Económica y Cultural de Israel en Taipéi para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Taiwán. Original. 24-12-2009 24-12-2009
48 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno del Reino de Tailandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Tailandia. Original. 22-01-1996 24-12-1996
49 Convenio entre el Estado de Israel y la República de Turquía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Turquía. Original. 14-03-1996 27-05-1998
50 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Ucrania. Original. 26-11-2003 20-04-2006
51 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de los Estados Unidos de América en materia de impuestos sobre la renta. Estados Unidos. Original. 20-11-1975 30-12-1994
Instrumento por el que se modifica (a). 30-05-1980 30-12-1994
Instrumento por el que se modifica (b). 26-01-1993 30-12-1994
52 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Uzbekistán. Original. 15-09-1998 09-03-1999
53 Convenio entre el Gobierno del Estado de Israel y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Vietnam. Original. 04-08-2009 25-12-2009

Artículo 3. Entidades transparentes.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 3.6 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 3.4 que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 3.5.b) a e). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 1.2.
3 Azerbaiyán. Protocolo 1.
8 Canadá. Artículo 1.2.
31 México. Protocolo 1.

Artículo 4. Entidades con doble residencia.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 4.4 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 4.2 que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 4.3.b) a d). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 4.3.
2 Austria. Artículo 4.3.
3 Azerbaiyán. Artículo 4.3.
4 Bielorrusia. Artículo 4.3.
5 Bélgica. Artículo 4.3.
6 Brasil. Artículo 4.3.
7 Bulgaria. Artículo 4.3.
8 Canadá. Artículo 4.3.
9 China. Artículo 4.3.
10 Croacia. Artículo 4.3.
11 República Checa. Artículo 4.3.
12 Dinamarca. Artículo 4.4.
13 Estonia. Artículo 4.3.
14 Etiopía. Artículo 4.3.
15 Finlandia. Artículo 4.3.
16 Francia. Artículo 4.3.
17 Georgia. Artículo 4.3.
18 Grecia. Artículo 4.3.
19 Hungría. Artículo 4.3.
20 India. Artículo 4.3.
21 Irlanda. Artículo 4.3.
22 Italia. Artículo 4.3.
23 Jamaica. Artículo 4.3.
24 Japón. Artículo 4.3 y Protocolo 1.
25 Corea. Artículo 4.3.
26 Letonia. Artículo 4.3.
27 Lituania. Artículo 4.3.
28 Luxemburgo. Artículo 4.3.
29 Macedonia. Artículo 4.3.
30 Malta. Artículo 4.3.
31 México. Artículo 4.3.
32 Moldavia. Artículo 4.3.
33 Países Bajos. Artículo 4.4.
34 Noruega. Artículo 4.3.
35 Panamá. Artículo 4.3.
36 Filipinas. Artículo 4.3.
37 Polonia. Artículo 4.3.
38 Portugal. Artículo 4.3.
39 Rumanía. Artículo 4.3.
40 Rusia. Artículo 4.3.
41 Singapur. Artículo 4.3.
42 República Eslovaca. Artículo 4.3.
43 Eslovenia. Artículo 4.3.
44 Sudáfrica. Artículo 4.3.
45 España. Artículo 4.3.
46 Suecia. Parte del artículo II.1.e).
47 Taiwán. Artículo 4.3.
48 Tailandia. Artículo 4.3.
49 Turquía. Artículo 4.3.
50 Ucrania. Artículo 4.3.
51 Estados Unidos. Artículo 3.3.
52 Uzbekistán. Artículo 4.3.
53 Vietnam. Artículo 4.3.

Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.

Notificación del texto del Preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 6.5 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de una reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el Preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. El texto del párrafo correspondiente del Preámbulo se indica a continuación.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Texto del Preámbulo
1 Armenia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
2 Austria. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
3 Azerbaiyán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
4 Bielorrusia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
5 Bélgica. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
6 Brasil. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
7 Bulgaria. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
9 China. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio;».
10 Croacia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
12 Dinamarca. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
14 Etiopía. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
15 Finlandia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
16 Francia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
18 Grecia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
19 Hungría. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
21 Irlanda. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
22 Italia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, y prevenir la evasión fiscal,».
23 Jamaica. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
24 Japón. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
25 Corea. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
26 Letonia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
27 Lituania. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
28 Luxemburgo. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
29 Macedonia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
30 Malta. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
31 México. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, que en lo sucesivo se denominará el Convenio, para desarrollar y facilitar aún más su relación,».
32 Moldavia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
33 Países Bajos. «Deseando de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
34 Noruega. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
35 Panamá. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;».
36 Filipinas. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
37 Polonia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
38 Portugal. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
39 Rumanía. «Deseando promover y reforzar las relaciones económicas entre los dos países».
40 Rusia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
41 Singapur. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
42 República Eslovaca. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
43 Eslovenia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
44 Sudáfrica. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital;».
45 España. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
46 Suecia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
47 Taiwán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
48 Tailandia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;».
49 Turquía. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
50 Ucrania. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
51 Estados Unidos. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
52 Uzbekistán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
53 Vietnam. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».

Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 7.17.a) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios no están sujetos a la reserva prevista en el artículo 7.15.b) y contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 27.1.
3 Azerbaiyán. Artículo 27.1.
4 Bielorrusia. Artículo 23.
6 Brasil. Artículo 25.2.
9 China. Protocolo 4.
11 República Checa. Artículo 25.
12 Dinamarca. Artículo 27.1.
15 Finlandia. Artículo 25.2.
16 Francia. Artículo 28.3.
17 Georgia. Artículo 26.1 y 26.2.
18 Grecia. Artículo 24.
19 Hungría. Artículo 25.
20 India. Artículo 27.1.
21 Irlanda. Artículos 11.8 y 12.7.
22 Italia. Artículo 30.
25 Corea. Protocolo 3.
27 Lituania. Protocolo 7.
29 Macedonia. Artículo 26.1.
30 Malta. Artículo 26.1 y 26.2.
35 Panamá. Artículo 26.1.
39 Rumanía. Artículo 23.
40 Rusia. Artículo 24.
42 República Eslovaca. Artículo 26.
47 Taiwán. Artículo 27.1.
48 Tailandia. Artículo 23.
49 Turquía. Artículo 27.
52 Uzbekistán. Artículo 26.
53 Vietnam. Artículo 28.1.

Artículo 8. Operaciones con dividendos.

A tenor del artículo 8.3.b)(iii) del Convenio, Israel se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 8 a sus convenios fiscales comprendidos en la medida en la que las disposiciones descritas en el artículo 8.1 ya incluyan un periodo mínimo de posesión superior a 365 días. El siguiente convenio contiene disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
51 Estados Unidos. Artículo 12.2.b) y 12.2. c).

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 8.4 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 8.1 que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 10.2.b).
2 Austria. Artículo 10.2.a).
6 Brasil. Artículo 10.2.a).
8 Canadá. Artículo 10.2.a).
10 Croacia. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
11 República Checa. Artículo 10.2.a).
12 Dinamarca. Artículo 10.2.a).
13 Estonia. Artículo 10.2.a).
14 Etiopía. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
15 Finlandia. Artículo 10.1.a).
16 Francia. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
17 Georgia. Artículo 10.2.a).
19 Hungría. Artículo 10.2.a).
22 Italia. Artículo 10.2.a).
23 Jamaica. Artículo 10.2.a).
24 Japón. Artículo 10.2.a).
25 Corea. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
26 Letonia. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
27 Lituania. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
28 Luxemburgo. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
29 Macedonia. Artículo 10.2.a).
30 Malta. Artículo 10.2.a)(i).
31 México. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
32 Moldavia. Artículo 10.2.a).
33 Países Bajos. Artículo 11.2.a).
34 Noruega. Artículo 10.2.a).
36 Filipinas. Artículo 10.2.a).
37 Polonia. Artículo 10.2.a).
38 Portugal. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
41 Singapur. Artículo 10.2.a).
42 República Eslovaca. Artículo 10.2.a).
43 Eslovenia. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).
48 Tailandia. Artículo 10.2.b)(i).
50 Ucrania. Artículo 10.2.a) y 10.2.b).

Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.

Reserva.

A tenor del artículo 9.6.a) del Convenio, Israel se reserva el derecho a no aplicar el artículo 9.1 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 9.8 del Convenio, Israel opta por aplicar el artículo 9.4.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 9.8 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 9.5. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 13.4.
2 Austria. Artículo 13.2.
3 Azerbaiyán. Artículo 13.2.
4 Bielorrusia. Artículo 13.4.
5 Bélgica. Artículo 13.1, segunda frase.
6 Brasil. Artículo 13.2.
7 Bulgaria. Artículo 13.4.
8 Canadá. Artículo 13.4.
9 China. Artículo 13.4.
10 Croacia. Artículo 13.2.
12 Dinamarca. Artículo 13.5.
13 Estonia. Artículo 13.2.
14 Etiopía. Artículo 13.2.
16 Francia. Artículo 13.1.b).
17 Georgia. Artículo 13.2.
18 Grecia. Artículo 13.5.
19 Hungría. Parte del artículo 13.1.
20 India. Artículo 14.4.
21 Irlanda. Artículo 13.5.
22 Italia. Artículo 13.4.
23 Jamaica. Artículo 14.3.
25 Corea. Artículo 13.4.
26 Letonia. Artículo 13.2.
27 Lituania. Artículo 13.2.
28 Luxemburgo. Artículo 13.4.
29 Macedonia. Artículo 13.2.
30 Malta. Artículo 13.2.a).
31 México. Artículo 13.5.
32 Moldavia. Artículo 13.2.
33 Países Bajos. Artículo 15.1, segunda y tercera frases.
35 Panamá. Artículo 13.2.
36 Filipinas. Artículo 13.4.
37 Polonia. Parte del artículo 13.1.
38 Portugal. Artículo 13.4.
39 Rumanía. Artículo 13.4.
40 Rusia. Artículo 13.3.b).
41 Singapur. Artículo 13.2.
43 Eslovenia. Artículo 13.2.
44 Sudáfrica. Artículo 13.1, segunda y tercera frases.
45 España. Artículo 13.2.
47 Taiwán. Artículo 13.2.
48 Tailandia. Artículo 13.2.
49 Turquía. Artículo 13.4.
50 Ucrania. Artículo 13.2.
51 Estados Unidos. Artículo 7.3.a) y 7.3.b).
52 Uzbekistán. Artículo 13.5.
53 Vietnam. Artículo 13.2.

Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.

Reserva.

A tenor del artículo 11.3.a) del Convenio, Israel se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 11 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 12.5 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 5.5.
2 Austria. Artículo 5.5.
3 Azerbaiyán. Artículo 5.5.
4 Bielorrusia. Artículo 5.5.
5 Bélgica. Artículo 5.4.
6 Brasil. Artículo 5.5.
7 Bulgaria. Artículo 5.5.
8 Canadá. Artículo 5.5.
9 China. Artículo 5.5.
10 Croacia. Artículo 5.5.
11 República Checa. Artículo 5.5.
12 Dinamarca. Artículo 5.5.
13 Estonia. Artículo 5.5.
14 Etiopía. Artículo 5.5.
15 Finlandia. Artículo 5.5.
16 Francia. Artículo 5.5.
17 Georgia. Artículo 5.5.
18 Grecia. Artículo 5.5.
19 Hungría. Artículo 5.5.
20 India. Artículo 5.5.
21 Irlanda. Artículo 5.5.
22 Italia. Artículo 5.4.
23 Jamaica. Artículo 5.4.
24 Japón. Artículo 5.5.
25 Corea. Artículo 5.4.
26 Letonia. Artículo 5.5.
27 Lituania. Artículo 5.5.
28 Luxemburgo. Artículo 5.5.
29 Macedonia. Artículo 5.5.
30 Malta. Artículo 5.5.
31 México. Artículo 5.5.
32 Moldavia. Artículo 5.5.
33 Países Bajos. Artículo 5.5.
34 Noruega. Artículo 5.4.
35 Panamá. Artículo 5.6.
36 Filipinas. Artículo 5.4.
37 Polonia. Artículo 5.5.
38 Portugal. Artículo 5.5.
39 Rumanía. Artículo 5.4.
40 Rusia. Artículo 5.5.
41 Singapur. Artículo 5.5.
42 República Eslovaca. Artículo 5.5.
43 Eslovenia. Artículo 5.5.
44 Sudáfrica. Artículo 5.5.
45 España. Artículo 5.5.
46 Suecia. Artículo II.1.g)(iii).
47 Taiwán. Artículo 5.6.
48 Tailandia. Artículo 5.4.
49 Turquía. Artículo 5.5.
50 Ucrania. Artículo 5.5.
51 Estados Unidos. Artículo 5.5.
52 Uzbekistán. Artículo 5.5.
53 Vietnam. Artículo 5.5.

A tenor del artículo 12.6 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 5.6.
2 Austria. Artículo 5.6.
3 Azerbaiyán. Artículo 5.6.
4 Bielorrusia. Artículo 5.7.
5 Bélgica. Artículo 5.5.
6 Brasil. Artículo 5.6.
7 Bulgaria. Artículo 5.6.
8 Canadá. Artículo 5.6.
9 China. Artículo 5.6.
10 Croacia. Artículo 5.6.
11 República Checa. Artículo 5.6.
12 Dinamarca. Artículo 5.6.
13 Estonia. Artículo 5.6.
14 Etiopía. Artículo 5.6.
15 Finlandia. Artículo 5.6.
16 Francia. Artículo 5.7.
17 Georgia. Artículo 5.6.
18 Grecia. Artículo 5.7.
19 Hungría. Artículo 5.6.
20 India. Artículo 5.6.
21 Irlanda. Artículo 5.6.
22 Italia. Artículo 5.5.
23 Jamaica. Artículo 5.5.
24 Japón. Artículo 5.6.
25 Corea. Artículo 5.5.
26 Letonia. Artículo 5.6.
27 Lituania. Artículo 5.6.
28 Luxemburgo. Artículo 5.6.
29 Macedonia. Artículo 5.6.
30 Malta. Artículo 5.6.
31 México. Artículo 5.7.
32 Moldavia. Artículo 5.6.
33 Países Bajos. Artículo 5.6.
34 Noruega. Artículo 5.5 y 5.6.
35 Panamá. Artículo 5.7.
36 Filipinas. Artículo 5.6.
37 Polonia. Artículo 5.6.
38 Portugal. Artículo 5.6.
39 Rumanía. Artículo 5.5.
40 Rusia. Artículo 5.6.
41 Singapur. Artículo 5.6.
42 República Eslovaca. Artículo 5.6.
43 Eslovenia. Artículo 5.6.
44 Sudáfrica. Artículo 5.6.
45 España. Artículo 5.6.
46 Suecia. Artículo II.1.g) (iv).
47 Taiwán. Artículo 5.7.
48 Tailandia. Artículo 5.6.
49 Turquía. Artículo 5.6.
50 Ucrania. Artículo 5.6.
51 Estados Unidos. Artículo 5.6.
52 Uzbekistán. Artículo 5.7.
53 Vietnam. Artículo 5.6.

Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 13.7 del Convenio, Israel opta por aplicar la Opción A del artículo 13.1.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 13.7 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 13.5.a) que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 13.6.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 5.4.
2 Austria. Artículo 5.4.
3 Azerbaiyán. Artículo 5.4.
4 Bielorrusia. Artículo 5.4.
5 Bélgica. Artículo 5.3.
6 Brasil. Artículo 5.4.
7 Bulgaria. Artículo 5.4.
8 Canadá. Artículo 5.4.
9 China. Artículo 5.4.
10 Croacia. Artículo 5.4.
11 República Checa. Artículo 5.4.
12 Dinamarca. Artículo 5.4.
13 Estonia. Artículo 5.4.
14 Etiopía. Artículo 5.4.
15 Finlandia. Artículo 5.4.
16 Francia. Artículo 5.4.
17 Georgia. Artículo 5.4.
18 Grecia. Artículo 5.4.
19 Hungría. Artículo 5.4.
20 India. Artículo 5.4.
21 Irlanda. Artículo 5.4.
22 Italia. Artículo 5.3.
23 Jamaica. Artículo 5.3.
24 Japón. Artículo 5.4.
25 Corea. Artículo 5.3.
26 Letonia. Artículo 5.4.
27 Lituania. Artículo 5.4.
28 Luxemburgo. Artículo 5.4.
29 Macedonia. Artículo 5.4.
30 Malta. Artículo 5.4.
31 México. Artículo 5.4.
32 Moldavia. Artículo 5.4.
33 Países Bajos. Artículo 5.3.
34 Noruega. Artículo 5.3.
35 Panamá. Artículo 5.5.
36 Filipinas. Artículo 5.3.
37 Polonia. Artículo 5.4.
38 Portugal. Artículo 5.4.
39 Rumanía. Artículo 5.3.
40 Rusia. Artículo 5.4.
41 Singapur. Artículo 5.4.
42 República Eslovaca. Artículo 5.4.
43 Eslovenia. Artículo 5.4.
44 Sudáfrica. Artículo 5.3.
45 España. Artículo 5.4.
46 Suecia. Artículo II.1.g) (ii).
47 Taiwán. Artículo 5.5.
48 Tailandia. Artículo 5.3.
49 Turquía. Artículo 5.4.
50 Ucrania. Artículo 5.4.
51 Estados Unidos. Artículo 5.3.
52 Uzbekistán. Artículo 5.4.
53 Vietnam. Artículo 5.4.

Artículo 16. Procedimiento amistoso.

Reserva.

A tenor del artículo 16.5.a) del Convenio, Israel se reserva el derecho a no aplicar la primera frase del artículo 16.1 a sus convenios fiscales comprendidos alegando que su intención es cumplir el estándar mínimo para la mejora de la resolución de controversias conforme al Paquete BEPS de la OCDE/G20, garantizando que, al amparo de cada uno de sus convenios fiscales comprendidos (distintos de aquellos que permitan a una persona presentar un caso a la autoridad competente de cualquiera de las Jurisdicciones contratantes), cuando una persona considere que las acciones adoptadas por una o por ambas Jurisdicciones contratantes implican o pueden implicar para ella una imposición no ajustada a las disposiciones del convenio fiscal comprendido, podrá, con independencia de los recursos previstos por el Derecho interno de esas Jurisdicciones contratantes, someter su caso a la autoridad competente de la Jurisdicción contratante de la que sea residente o, cuando el caso esté comprendido en el ámbito de una disposición de un convenio fiscal comprendido relativa a la no discriminación por razón de nacionalidad, a la autoridad competente de la Jurisdicción contratante de la que sea nacional; y la autoridad competente de esa Jurisdicción contratante instituirá un proceso bilateral de notificación o de consulta con la autoridad competente de la otra Jurisdicción contratante para aquellos casos en los que la autoridad competente ante la que se presentó la solicitud de procedimiento amistoso no considere justificada la objeción planteada por el contribuyente.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 16.6.b)(i) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen una disposición que determina que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo inferior a tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
5 Bélgica. Artículo 25.1, segunda frase.
14 Etiopía. Artículo 25.1, segunda frase.
22 Italia. Artículo 26.1, segunda frase.
36 Filipinas. Artículo 26.1, segunda frase.
39 Rumanía. Artículo 26.1, segunda frase.

A tenor del artículo 16.6.b)(ii) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen una disposición que determina que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de al menos tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido en el Convenio. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 25.1, segunda frase.
2 Austria. Artículo 25.1, segunda frase.
3 Azerbaiyán. Artículo 25.1, segunda frase.
4 Bielorrusia. Artículo 26.1, segunda frase.
7 Bulgaria. Artículo 24.1, segunda frase.
8 Canadá. Artículo 23.1, segunda frase.
9 China. Artículo 26.1, segunda frase.
10 Croacia. Artículo 25.1, segunda frase.
11 República Checa. Artículo 26.1, segunda frase.
12 Dinamarca. Artículo 23.1, segunda frase.
13 Estonia. Artículo 24.1, segunda frase.
15 Finlandia. Artículo 26.1, segunda frase.
16 Francia. Artículo 25.1, segunda frase.
17 Georgia. Artículo 24.1, segunda frase.
18 Grecia. Artículo 25.1, segunda frase.
19 Hungría. Artículo 26.1, segunda frase.
20 India. Artículo 26.1, segunda frase.
21 Irlanda. Artículo 25.1, segunda frase.
23 Jamaica. Artículo 26.1, segunda frase.
24 Japón. Artículo 25.1, segunda frase.
25 Corea. Artículo 26.1, segunda frase.
26 Letonia. Artículo 25.1, segunda frase.
27 Lituania. Artículo 25.1, segunda frase.
28 Luxemburgo. Artículo 24.1, segunda frase.
29 Macedonia. Artículo 24.1, segunda frase.
30 Malta. Artículo 24.1, segunda frase.
31 México. Artículo 26.1, segunda frase.
32 Moldavia. Artículo 24.1, segunda frase.
35 Panamá. Artículo 24.1, segunda frase.
37 Polonia. Artículo 26.1, segunda frase.
38 Portugal. Artículo 25.1, segunda frase.
40 Rusia. Artículo 25.1, segunda frase.
41 Singapur. Artículo 24.1, segunda frase.
42 República Eslovaca. Artículo 27.1, segunda frase.
43 Eslovenia. Artículo 25.1, segunda frase.
45 España. Artículo 26.1, segunda frase.
47 Taiwán. Artículo 25.1, segunda frase.
48 Tailandia. Artículo 26.1, segunda frase.
50 Ucrania. Artículo 25.1, segunda frase.
52 Uzbekistán. Artículo 25.1, segunda frase.
53 Vietnam. Artículo 26.1, segunda frase.

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas disposiciones

A tenor del artículo 16.6.c)(i) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.b)(i).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
5 Bélgica.
46 Suecia.
51 Estados Unidos.

A tenor del artículo 16.6.c)(ii) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.b)(ii).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
5 Bélgica.
6 Brasil.
22 Italia.
31 México.
33 Países Bajos.
34 Noruega.
36 Filipinas.
44 Sudáfrica.
46 Suecia.
48 Tailandia.

A tenor del artículo 16.6.d)(i) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.c)(i).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
5 Bélgica.
44 Sudáfrica.
46 Suecia.

A tenor del artículo 16.6.d)(ii) del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.c)(ii).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante
5 Bélgica.
6 Brasil.
22 Italia.
38 Portugal.
46 Suecia.
51 Estados Unidos.

Artículo 17. Ajustes correlativos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 17.4 del Convenio, Israel considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 17.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción contratante Disposición
1 Armenia. Artículo 9.2.
2 Austria. Artículo 9.2.
3 Azerbaiyán. Artículo 9.2.
4 Bielorrusia. Artículo 9.2.
7 Bulgaria. Artículo 9.2.
8 Canadá. Artículo 9.2.
9 China. Artículo 9.2.
10 Croacia. Artículo 9.2.
11 República Checa. Artículo 9.2.
12 Dinamarca. Artículo 9.2.
13 Estonia. Artículo 9.2.
14 Etiopía. Artículo 9.2.
15 Finlandia. Artículo 9.2.
16 Francia. Artículo 9.2.
17 Georgia. Artículo 9.2.
20 India. Artículo 9.2.
21 Irlanda. Artículo 9.2.
22 Italia. Protocolo b).
23 Jamaica. Artículo 9.2.
24 Japón. Artículo 9.2.
25 Corea. Artículo 9.2.
26 Letonia. Artículo 9.2.
27 Lituania. Artículo 9.2.
28 Luxemburgo. Artículo 9.2.
29 Macedonia. Artículo 9.2.
30 Malta. Artículo 9.2.
31 México. Artículo 9.2.
32 Moldavia. Artículo 9.2.
35 Panamá. Artículo 9.2.
36 Filipinas. Artículo 9.2.
38 Portugal. Artículo 9.2.
40 Rusia. Artículo 9.2.
41 Singapur. Artículo 9.2.
42 República Eslovaca. Artículo 9.2.
43 Eslovenia. Artículo 9.2.
45 España. Artículo 9.2.
47 Taiwán. Artículo 9.2.
49 Turquía. Artículo 9.2.
50 Ucrania. Artículo 9.2.
51 Estados Unidos. Artículo 11.2.
52 Uzbekistán. Artículo 9.2.
53 Vietnam. Artículo 9.2.

Artículo 18. Opción respecto de la aplicación de la Parte VI.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 18 del Convenio, Israel opta por no aplicar la Parte VI.

Artículo 35. Fecha de efectos.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 35.2 del Convenio y exclusivamente a los efectos de la aplicación del artículo 35.1.a) y 35.5.a), Israel opta por sustituir «periodo impositivo» por «año civil».

A tenor del artículo 35.3 del Convenio y exclusivamente a los efectos de la aplicación del artículo 35.1.b) y 35.5.b), Israel opta por sustituir la referencia a «periodos impositivos que comiencen a partir de la conclusión de un plazo» por una referencia a «periodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero del año que comience a partir de la conclusión de un plazo».

Reserva.

A tenor del artículo 35.6 del Convenio, Israel se reserva el derecho de no aplicar el artículo 35.4 en relación con sus convenios fiscales comprendidos.

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