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Legislación › Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016.

Luxemburgo

Luxemburgo

Reservas y notificaciones formuladas por el Gran Ducado de Luxemburgo en el momento de depositar el instrumento de ratificación, aceptación o aprobación, de conformidad con los artículos 28.6 y 29.3 del Convenio

Artículo 2. Interpretación de términos.

Notificaciones. Convenios comprendidos en el Convenio Multilateral

A tenor del artículo 2.1.a)(ii) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:

N.º Título Otra Jurisdicción Contratante Original/ Instrumento por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor
1 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Sudáfrica. Instrumento original. 23-11-1998 08-09-2000
2

Abkommen zwischen dem Großherzogtum Luxemburg und der Bundesrepublik Deutschland zur Vermeidung der Doppelbesteuerung und Verhinderung der Steuerhinterziehung auf dem Gebiet der Steuern vom Einkommen und vom Vermögen.

[Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio].

Alemania. Instrumento original. 23-04-2012 30-09-2013
3 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Andorra. Instrumento original. 02-06-2014 07-03-2016
4 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Arabia Saudí. Instrumento original. 07-05-2013 01-09-2014
5 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el intercambio de cartas relativo al mismo. Armenia. Instrumento original. 23-06-2009 09-04-2010
6

Abkommen zwischen dem GroBherzogtum Luxemburg und der Republik Österreich zur Vermeidung der Doppelbesteuerung auf dem Gebiete der Steuern vom Einkommen und vom Vermögen.

[Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Austria para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio].

Austria. Instrumento original. 18-10-1962 07-02-1964
Instrumento por el que se modifica (a). 21-05-1992 01-02-1994
Instrumento por el que se modifica (b). 07.07.2009 01-09-2010
Instrumento por el que se modifica (c). 18-06-2015 01-03-2017
7 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Azerbaiyán. Instrumento original. 16-06-2006 02-07-2009
8 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de Baréin para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el intercambio de cartas relativo al mismo. Baréin. Instrumento original. 06-05-2009 10-11-2010
9 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Barbados para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Barbados. Instrumento original. 01-12-2009 08-08-2011
10 Convenio entre Luxemburgo y Bélgica para evitar la doble imposición y regular otras cuestiones en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bélgica. Instrumento original. 17-09-1970 30-12-1972
Instrumento por el que se modifica (a). 11-12-2002 20-12-2004
Instrumento por el que se modifica (b). 16-07-2009 25-06-2013
11 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Federativa de Brasil para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Brasil. Instrumento original. 08-11-1978 23-07-1980
12 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan de Brunei Darussalam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Brunei. Instrumento original. 14-07-2015 26-01-2017
13 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Bulgaria para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Bulgaria. Instrumento original. 27-01-1992 15-03-1994
14 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de Canadá para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Canadá. Instrumento original. 10-09-1999 17-10-2000
Instrumento por el que se modifica. 08-05-2012 10-12-2013
15 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. China. Instrumento original. 12-03-1994 28-07-1995
16 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Corea del Sur. Instrumento original. 07-11-1984 26-12-1986
Instrumento por el que se modifica (a). 29-05-2012 04-09-2013
17 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Croacia. Instrumento original. 20-06-2014 13-01-2016
18 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno del Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa recíproca en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Dinamarca. Instrumento original. 17-11-1980 22-03-1982
Instrumento por el que se modifica (a). 04-06-2009 09-04-2010
Instrumento por el que se modifica (b). 09-07-2013 28-12-2014
19 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Emiratos Árabes Unidos. Instrumento original. 20-11-2005 19-06-2009
Instrumento por el que se modifica (a). 26-10-2014 11-12-2015
20 Convenio entre Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de España para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y para prevenir el fraude y la evasión fiscales. España. Instrumento original. 03-06-1986 19-05-1987
Instrumento por el que se modifica (a). 10-11-2009 16-07-2010
21 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Estonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Estonia. Instrumento original. 07-07-2014 11-12-2015
22 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Estados Unidos de América. Instrumento original. 03-04-1996 20-12-2000
Instrumento por el que se modifica. 20-05-2009 n/d
23 Convenio entre Luxemburgo y Finlandia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Finlandia. Instrumento original. 01-03-1982 27-03-1983
Instrumento por el que se modifica (a). 24-01-1990 18-07-1992
Instrumento por el que se modifica (b). 01-07-2009 12-04-2010
24 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Francia para evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa recíproca en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Francia. Instrumento original. 01-04-1958 09-02-1960
Instrumento por el que se modifica (a). 08-09-1970 15-11-1971
Instrumento por el que se modifica (b). 24-11-2006 27-12-2007
Instrumento por el que se modifica (c). 03-06-2009 29-10-2010
Instrumento por el que se modifica (d). 05-09-2014 01-02-2016
25 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de Georgia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Georgia. Instrumento original. 15.10.2007 14-12-2009
26 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino Unido Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Instrumento original. 24-05-1967 03-07-1968
Instrumento por el que se modifica (a). 18-07-1978 21-05-1980
Instrumento por el que se modifica (b). 28-01-1983 19-03-1984
Instrumento por el que se modifica (c). 02-07-2009 28-04-2010
27 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Helénica para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Grecia. Instrumento original. 22-11-1991 26-08-1995
28 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Guernsey para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Guernsey. Instrumento original. 10-05-2013 08-08-2014
29 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Hong Kong. Instrumento Original. 02-11-2007 20-01-2009
Instrumento por el que se modifica. 11-11-2010 17-08-2011
30 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Hungría para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Hungría. Instrumento original. 10-03-2015 26-01-2017
31 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la Isla de Man para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Isla de Man. Instrumento original. 08-04-2013 05-08-2014
32 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. India. Instrumento original. 02-06-2008 09-07-2009
33 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Indonesia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Indonesia. Instrumento original. 14-01-1993 10-03-1994
34 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo e Irlanda para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Irlanda. Instrumento original. 14-01-1972 25-02-1975
Instrumento por el que se modifica. 27.05.2014 11-12-2015
35 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Islandia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Islandia. Instrumento original. 04-10-1999 19-09-2001
Instrumento por el que se modifica. 28-08-2009 28-04-2010
36 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Estado de Israel para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el Protocolo relativo al mismo. Israel. Instrumento original. 13-12-2004 22-05-2006
37 Convenio entre Luxemburgo e Italia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y para prevenir el fraude y la evasión fiscal. Italia. Instrumento original. 03-06-1981 04-02-1983
Instrumento por el que se modifica. 21-06-2012 20-01-2015
38 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y/o sobre otros impuestos. Japón. Instrumento original. 05-03-1992 27-12-1992
Instrumento por el que se modifica. 25-01-2010 30-12-2011
39 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Jersey para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Jersey. Instrumento original. 17-04-2013 05-08-2014
40 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Kazajistán para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Kazajistán. Instrumento original. 26-06-2008 11-12-2013
Instrumento por el que se modifica. 03-05-2012 11-12-2013
41 Convenio entre Gobierno Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República Democrática Popular de Laos para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio así como el intercambio de cartas relativo al mismo. Laos. Instrumento original. 04-11-2012 21-03-2014
42 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Letonia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Letonia. Instrumento original. 14-06-2004 14-04-2006
43

Abkommen zwischen dem Großherzogtum Luxemburg und dem Fürstentum Liechtenstein zur Vermeidung der Doppelbesteuerung und Verhinderung der Steuerhinterziehung auf dem Gebiet der Steuern vom Einkommen und vom Vermögen.

[Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Principado de Liechtenstein para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio].

Liechtenstein. Instrumento original. 26-08-2009 17-12-2010
44 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Lituania para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Lituania. Instrumento original. 22-11-2004 14-04-2006
Instrumento por el que se modifica. 20-06-2014 11-12-2015
45 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Macedonia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Macedonia. Instrumento original. 15-05-2012 23-07-2013
46 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Malasia. Instrumento original. 21-11-2002 29-12-2004
47 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Malta para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Malta. Instrumento original. 29-04-1994 14-02-1996
Instrumento por el que se modifica. 30-11-2011 11-07-2013
48 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de Marruecos para evitar la doble imposición y regular otras cuestiones en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Marruecos. Instrumento original. 19-12-1980 16-02-1984
49 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Mauricio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Mauricio. Instrumento original. 15-02-1995 12-09-1996
Instrumento por el que se modifica. 28-01-2014 11-12-2015
50 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. México. Instrumento original. 07-02-2001 27-12-2001
Instrumento por el que se modifica. 07-10-2009 20-11-2011
51 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Moldavia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Moldavia. Instrumento original. 11-07-2007 04-12-2009
52 Convenio entre el GranDucado de Luxemburgo y el Principado de Mónaco para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Mónaco. Instrumento original. 27-07-2009 03-05-2010
53 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Noruega. Instrumento original. 06-05-1983 27-02-1985
Instrumento por el que se modifica (a). 07-07-2009 12-04-2010
Instrumento por el que se modifica (b). 25-12-1998 01-01-1999
54 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Uzbekistán. Instrumento original. 02-07-1997 01-09-2000
55 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Panamá para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Panamá. Instrumento original. 07-10-2010 01-11-2011
56 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de los Países Bajos evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Países Bajos. Instrumento original. 08-05-1968 20-10-1969
Instrumento por el que se modifica (a). 16-10-1990 27-09-1992
Instrumento por el que se modifica (b). 29-05-2009 01-07-2010
57 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Polonia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Polonia. Instrumento original. 14-06-1995 31-07-1996
Instrumento por el que se modifica. 07-06-2012 25-07-2013
58 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Portugal. Instrumento original. 25-05-1999 30-12-2000
Instrumento por el que se modifica. 07-09-2010 18-05-2012
59 Convenio entre Gobierno Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno del Estado de Qatar para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el intercambio de cartas relativo al mismo. Qatar. Instrumento original. 03-07-2009 09-04-2010
60

Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República Federativa Checa y Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

Tras la escisión de la República Federativa Checa y Eslovaca en dos Estados independientes, el 1 de enero de 1993, las autoridades de ambos Estados declararon que el Convenio se aplicará en los dos Estados resultantes de la escisión. Aplicable hasta el 31-12-2014 en lo que respecta a la República Checa.

República Federativa Checa y Eslovaca (República Eslovaca). Instrumento original. 18-03-1991 30-12-1992
61 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Checa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. República Checa. Instrumento original. 05-03-2013 31-07-2014
62 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y Rumanía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Rumanía. Instrumento original. 14-12-1993 08-12-1995
Instrumento por el que se modifica. 4-10-2011 11-07-2013
63 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la Federación de Rusia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Rusia. Instrumento original. 28-06-1993 07-05-1997
Instrumento por el que se modifica. 21-11-2011 30-07-2013
64 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de San Marino para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. San Marino. Instrumento original. 27-03-2006 29-12-2006
Instrumento por el que se modifica. 18-09-2009 05-08-2011
65 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Senegal para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Senegal. Instrumento original. 10-02-2016 14-06-2018
66 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Serbia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Serbia. Instrumento original. 15-12-2015 27-12-2016
67 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Seychelles para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Seychelles. Instrumento original. 04-06-2012 19-08-2013
68 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Singapur. Instrumento original. 09-10-2013 28-12-2015
69 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Eslovenia para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Eslovenia. Instrumento original. 02-04-2001 18-12-2002
Instrumento por el que se modifica. 20-06-2013 22-08-2014
70 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República Democrática Socialista de Sri Lanka para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Sri Lanka. Instrumento original. 31-01-2013 11-04-2014
71 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de Suecia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Suecia. Instrumento original. 14-10-1996 15-03-1998
Instrumento por el que se modifica. 07-09-2010 11-09-2011
72 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Suiza. Instrumento original. 21-01-1993 19-02-1994
Instrumento por el que se modifica (a). 25-08-2009 19-11-2010
Instrumento por el que se modifica (b). 11-07-2012 11-07-2013
73 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Tayikistán para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Tayikistán. Instrumento original. 09-06-2011 27-07-2013
74 Convenio entre la Administración de Tributación Directa de Luxemburgo y la Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda de Taipéi, Taiwán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Taiwán. Instrumento original. 19-12-2011 25-07-2014
75 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de Tailandia para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Tailandia. Instrumento original. 07-05-1996 12-06-1998
76 Convenio entre Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Trinidad y Tobago para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y fomentar el comercio internacional y las inversiones. Trinidad y Tobago. Instrumento original. 07-05-2001 20-11-2003
77 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Túnez para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Túnez. Instrumento original. 27-03-1996 18-10-1999
Instrumento por el que se modifica. 08-07-2014 30-11-2016
78 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República de Turquía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Turquía. Instrumento original. 09-06-2003 18-01-2005
Instrumento por el que se modifica. 30-09-2009 14-07-2011
79 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Ucrania. Instrumento original. 06-09-1997 18-04-2017
Instrumento por el que se modifica. 30-09-2016 18-04-2017
80 Convenio entre el Gran Ducado de Luxemburgo y la República Oriental del Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Uruguay. Instrumento original. 10-03-2015 11-01-2017
81 Convenio entre el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Vietnam. Instrumento original. 04-03-1996 19-05-1998

Artículo 3. Entidades transparentes.

Reservas.

A tenor del artículo 3.5.f) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar el artículo 3.2 a ninguno de sus convenios fiscales comprendidos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 3.6 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 3.4 que no están sujetas a ninguna de las reservas previstas en el artículo 3.5.c) a e). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
10 Bélgica. Artículo 4.1, segunda frase.
22 Estados Unidos de América. Artículo 4.1.b).
71 Suecia. Artículo 4.1.

Entidades con doble residencia.

Reservas.

A tenor del artículo 4.3.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.

Reservas.

A tenor del artículo 5.9 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho, respecto de los convenios fiscales comprendidos que se señalan, a no permitir a las otras Jurisdicciones contratantes aplicar la opción C de dicho artículo.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante
2 Alemania.
4 Arabia Saudí.
6 Austria.
10 Bélgica.
13 Bulgaria.
21 Estonia.
24 Francia.
30 Hungría.
35 Islandia.
43 Liechtenstein.
48 Marruecos.
52 Mónaco.
55 Panamá.
56 Países Bajos.
57 Polonia.
60 República Eslovaca.
62 Rumanía.
64 San Marino.
67 Seychelles.
72 Suiza.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 5.10 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar la Opción A con arreglo al artículo 5.1.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado

Para las Jurisdicciones que han optado por la Opción A:

A tenor del artículo 5.10 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 5.3. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
1 Sudáfrica. Artículo 23.1.a).
6 Austria. Artículo 20.1.
10 Bélgica. Artículo 23.1.1.
11 Brasil. Artículo 24.2.a).
13 Bulgaria. Artículo 23.1.a).
14 Canadá. Artículo 23.2.a).
15 China. Artículo 24.2.a).
16 Corea del Sur. Artículo 23.2.a).
18 Dinamarca. Artículo 23.2.a).
20 España. Artículo 24.1.a).
22 Estados Unidos de América. Artículo 25.2.a).
23 Finlandia. Artículo 23.2.a).
24 Francia. Artículo 19.1.
26 Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Artículo XXV.2.a).
27 Grecia. Artículo 23.1.a).
33 Indonesia. Artículo 23.1.a).
34 Irlanda. Artículo 23.3.a).
35 Islandia. Artículo 23.2.a).
37 Italia. Artículo 24.1.a).
38 Japón. Artículo 24.1.a).
46 Malasia. Artículo 25.2.a).
47 Malta. Artículo 23.1.a).
48 Marruecos. Artículo 22.1.a).
49 Mauricio. Artículo 24.3.a).
53 Noruega. Artículo 23.1.
54 Uzbekistán. Artículo 23.1.a).
56 Países Bajos. Artículo 23.3.
58 Portugal. Artículo 24.1.a).
60 República Eslovaca. Artículo 23.2.a).
62 Rumanía. Artículo 25.1.a).
63 Rusia. Artículo 23.1.a).
71 Suecia. Artículo 23.1.a).
72 Suiza. Artículo 23.1.a).
75 Tailandia. Artículo 24.3.a).
76 Trinidad y Tobago. Artículo 25.2.a).
77 Túnez. Artículo 23.2.a).
78 Turquía. Artículo 23.2.a).
79 Ucrania. Artículo 23.2.a).
81 Vietnam. Artículo 24.1.a).

Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.

Reserva.

A tenor del artículo 6.4 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar el artículo 6.1 a aquellos de sus convenios fiscales comprendidos que ya recojan en el Preámbulo la intención de las Jurisdicciones contratantes de eliminar la doble imposición sin generar oportunidades de no imposición o de imposición reducida, tanto si dicha formulación se limita a casos de evasión o elusión fiscales (comprendida la práctica de la búsqueda del convenio más favorable, que persigue la obtención de los beneficios previstos en el convenio fiscal comprendido para el beneficio indirecto de residentes de terceras jurisdicciones) o tiene una aplicación más amplia. El siguiente convenio fiscal comprendido recoge en su Preámbulo el texto al que hace referencia la reserva.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Texto del Preámbulo
65 Senegal. El Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y el Gobierno de la República de Senegal, interesados en promover sus relaciones económicas y mejorar su cooperación en materia fiscal, y deseosos de concluir un Convenio para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio sin generar oportunidades de no imposición o de imposición reducida en casos de evasión o fraude fiscales (comprendida la práctica de la búsqueda del convenio más favorable, que persigue la obtención de los beneficios previstos en el Convenio fiscal comprendido para el beneficio indirecto de residentes de terceras jurisdicciones) han convenido en lo siguiente:

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 6.6 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar el artículo 6.3.

Notificación del texto del Preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 6.5 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de una reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el Preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. El número del párrafo en el que se encuentra el texto correspondiente del Preámbulo se indica a continuación.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Texto del Preámbulo
1 Sudáfrica. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
2 Alemania. von dem Wunsch geleitet, <ihre wirtschaftlichen Beziehungen> durch den Abbau steuerlicher Hindernisse zu fördern und ihre Zusammenarbeit auf steuerlichem Gebiet zu festigen.
3 Andorra. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
4 Arabia Saudí. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
5 Armenia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
6 Austria. von dem Wunsche geleitet, auf dem Gebiete der Steuern vom Einkommen und vom Vermögen die Doppelbesteuerung nach Möglichkeit zu vermeiden,
7 Azerbaiyán. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
8 Baréin. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
9 Barbados. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
10 Bélgica. deseosos de evitar la doble imposición y regular otras cuestiones en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
11 Brasil. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
12 Brunei. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
13 Bulgaria. <deseosos de desarrollar y facilitar sus relaciones económicas> y de concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
14 Canadá. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
15 China. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio;
16 Corea del Sur. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
17 Croacia. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
18 Dinamarca. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa recíproca en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
19 Emiratos Árabes Unidos. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
20 España. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y para prevenir el fraude y la evasión fiscales,
21 Estonia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
22 Estados Unidos de América. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
23 Finlandia. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
24 Francia. Deseando evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y regular otras cuestiones en materia fiscal,
25 Georgia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
26 Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio;
27 Grecia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
28 Guernsey. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
29 Hong Kong. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
30 Hungría. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,<y desarrollar y facilitar sus relaciones >.
31 Isla de Man. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
32 India. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio<y con miras a promover la cooperación económica entre los dos países>,
33 Indonesia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
34 Irlanda. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
35 Islandia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
36 Israel. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
37 Italia. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y para prevenir el fraude y la evasión fiscales,
38 Japón. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y/u otro tipo de impuestos,
39 Jersey. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
40 Kazajistán. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
41 Laos. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
42 Letonia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
43 Liechtenstein. von dem Wunsch geleitet ein Abkommen zur Vermeidung der Doppelbesteuerung und Verhinderung der Steuerhinterziehung auf dem Gebiet der Steuern vom Einkommen und vom Vermögen abzuschliessen,
44 Lituania. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
45 Macedonia. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
46 Malasia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
47 Malta. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
48 Marruecos. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y regular otras cuestiones en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
49 Mauricio. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio;
50 México. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
51 Moldavia. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
52 Mónaco. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
53 Noruega.

deseosos de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

som ønsker å unngå dobbeltbeskatning og forebygge skatteunndragelse med hensyn til skatter av inntekt og formue.

54 Uzbekistán. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
55 Panamá. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
56 Países Bajos. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
57 Polonia. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
58 Portugal. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
59 Qatar. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
60 República Eslovaca. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
61 República Checa. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
62 Rumanía. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
63 Rusia. Deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
64 San Marino. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
66 Serbia. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
67 Seychelles. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
68 Singapur. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
69 Eslovenia. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
70 Sri Lanka. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
71 Suecia. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
72 Suiza. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
73 Tayikistán. Deseando <desarrollar y reforzar la cooperación económica, científica, técnica y cultural entre ambos Estados> y concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
74 Taiwán. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
75 Tailandia. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
76 Trinidad y Tobago. deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,<y fomentar el comercio internacional y las inversiones>,
77 Túnez. deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
78 Turquía. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
79 Ucrania. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
80 Uruguay. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
81 Vietnam. Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen el texto del Preámbulo acordado en el Convenio.

A tenor del artículo 6.6 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no contienen en su Preámbulo la referencia a su deseo de desarrollar sus relaciones económicas o de reforzar la cooperación en materia tributaria.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante
1 Sudáfrica.
3 Andorra.
4 Arabia Saudí.
5 Armenia.
6 Austria.
7 Azerbaiyán.
8 Baréin.
9 Barbados.
10 Bélgica.
11 Brasil.
12 Brunei.
14 Canadá.
15 China.
16 Corea del Sur.
17 Croacia.
18 Dinamarca.
19 Emiratos Árabes Unidos.
20 España.
21 Estonia.
22 Estados Unidos de América.
23 Finlandia.
24 Francia.
25 Georgia.
26 Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
27 Grecia.
28 Guernsey.
29 Hong Kong.
31 Isla de Man.
33 Indonesia.
34 Irlanda.
35 Islandia.
36 Israel.
37 Italia.
38 Japón.
39 Jersey.
40 Kazajistán.
41 Laos.
42 Letonia.
43 Liechtenstein.
44 Lituania.
45 Macedonia.
46 Malasia.
47 Malta.
48 Marruecos.
49 Mauricio.
50 México.
51 Moldavia.
52 Mónaco.
53 Noruega.
54 Uzbekistán.
55 Panamá.
56 Países Bajos.
57 Polonia.
58 Portugal.
59 Qatar.
60 República Eslovaca.
61 República Checa.
62 Rumanía.
63 Rusia.
64 San Marino.
66 Serbia.
67 Seychelles.
68 Singapur.
69 Eslovenia.
70 Sri Lanka.
71 Suecia.
72 Suiza.
74 Taiwán.
75 Tailandia.
77 Túnez.
78 Turquía.
80 Uruguay.
81 Vietnam.

Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.

Reservas.

A tenor del artículo 7.15.b) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar el artículo 7.1 y 7.4 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio que ya contengan disposiciones que impidan la obtención de los beneficios que se desprenderían del convenio fiscal comprendido cuando el propósito principal, o uno de los propósitos principales de un acuerdo u operación, o de las personas relacionadas con un acuerdo u operación, fuera el de obtener tales beneficios. El siguiente Convenio contiene alguna de las disposiciones descritas en la reserva.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
65 Senegal. Artículo 30.2.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 7.17.b) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar el artículo 7.4.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado

A tenor del artículo 7.17.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 7.2 y están sujetas a una de las reservas previstas en el artículo 7.15.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
25 Georgia. Protocolo Artículo 3.
26 Gran Bretaña. Artículo X.3.d).
32 India. Artículos 29.2 y 29.3.
40 Kazajistán. Artículo 11.9 + Artículo 12.7.
50 México. Artículo 11.8 + Artículo 12.7.
61 República Checa. Artículo 27.
63 Rusia. Artículo 29.
74 Taiwán. Artículo 27.

Artículo 8. Operaciones con dividendos.

Reservas.

A tenor del artículo 8.3.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 8 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.

Reservas.

A tenor del artículo 9.6.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar el artículo 9.1 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.

Reservas.

A tenor del artículo 10.5.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.

Reservas.

A tenor del artículo 11.3.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 11 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.

Reserva formulada a los efectos del presente artículo.

A tenor del artículo 12.4 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 12 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.

Reservas.

A tenor del artículo 13.6.c) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar el artículo 13.4 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 13.7 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar la opción B del artículo 13.1.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 13.7 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
1 Sudáfrica. Artículo 5.4.
2 Alemania. Artículo 5.4.
3 Andorra. Artículo 5.4.
4 Arabia Saudí. Artículo 5.4.
5 Armenia. Artículo 5.4.
6 Austria. Artículo 5.3.
7 Azerbaiyán. Artículo 5.4.
8 Baréin. Artículo 5.4.
9 Barbados. Artículo 5.4.
10 Bélgica. Artículo 5.3.
11 Brasil. Artículo 5.3.
12 Brunei. Artículo 5.3.
13 Bulgaria. Artículo 5.4.
14 Canadá. Artículo 5.4.
15 China. Artículo 5.4.
16 Corea del Sur. Artículo 5.4.
17 Croacia. Artículo 5.4.
18 Dinamarca. Artículo 5.4.
19 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 5.4.
20 España. Artículo 5.4.
21 Estonia. Artículo 5.5.
22 Estados Unidos de América. Artículo 5.4.
23 Finlandia. Artículo 5.4.
24 Francia. Artículo 2.3.3.
25 Georgia. Artículo 5.4.
26 Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Artículo V.3.
27 Grecia. Artículo 5.4.
28 Guernsey. Artículo 5.4.
29 Hong Kong. Artículo 5.4.
30 Hungría. Artículo 5.4.
31 Isla de Man. Artículo 5.4.
32 India. Artículo 5.4.
33 Indonesia. Artículo 5.4.
34 Irlanda. Artículo 4.3.
35 Islandia. Artículo 5.4.
36 Israel. Artículo 5.4.
37 Italia. Artículo 5.3.
38 Japón. Artículo 5.4.
39 Jersey. Artículo 5.4.
40 Kazajistán. Artículo 5.4.
41 Laos. Artículo 5.4.
42 Letonia. Artículo 5.4.
43 Liechtenstein. Artículo 5.4.
44 Lituania. Artículo 5.4.
45 Macedonia. Artículo 5.4.
46 Malasia. Artículo 5.4.
47 Malta. Artículo 5.3.
48 Marruecos. Artículo 5.3.
49 Mauricio. Artículo 5.4.
50 México. Artículo 5.4.
51 Moldavia. Artículo 5.4.
52 Mónaco. Artículo 5.4.
53 Noruega. Artículo 5.4.
54 Uzbekistán. Artículo 5.4.
55 Panamá. Artículo 5.5.
56 Países Bajos. Artículo 5.3.
57 Polonia. Artículo 5.4.
58 Portugal. Artículo 5.4.
59 Qatar. Artículo 5.3.
60 República Eslovaca. Artículo 5.3.
61 República Checa. Artículo 5.4.
62 Rumanía. Artículo 5.4.
63 Rusia. Artículo 5.4.
64 San Marino. Artículo 5.4.
65 Senegal. Artículo 5.4.
66 Serbia. Artículo 5.4.
67 Seychelles. Artículo 5.4.
68 Singapur. Artículo 5.4.
69 Eslovenia. Artículo 5.4.
70 Sri Lanka. Artículo 5.4.
71 Suecia. Artículo 5.4.
72 Suiza. Artículo 5.4.
73 Tayikistán. Artículo 5.4.
74 Taiwán. Artículo 5.4.
75 Tailandia. Artículo 5.3.
76 Trinidad y Tobago. Artículo 5.3.
77 Túnez. Artículo 5.3.
78 Turquía. Artículo 5.4.
79 Ucrania. Artículo 5.4.
80 Uruguay. Artículo 5.4.
81 Vietnam. Artículo 5.4.

Artículo 14. Fragmentación de contratos.

Reservas.

A tenor del artículo 14.3.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 14 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio.

Artículo 15. Definición de Persona estrechamente vinculada a una empresa.

Reserva.

A tenor del artículo 15.2 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 15 a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio para los que haya formulado la reserva prevista en el artículo 12.4, el artículo 13.6.a) o c) o en el artículo 14.3.

Artículo 16. Procedimiento amistoso.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor artículo 16.6.a) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.a)(i). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
1 Sudáfrica. 25.1, primera frase.
2 Alemania. 24.1, primera frase.
3 Andorra. 24.1, primera frase.
4 Arabia Saudí. 25.1, primera frase.
5 Armenia. 25.1, primera frase.
6 Austria. 23.1.
7 Azerbaiyán. 25.1, primera frase.
8 Baréin. 24.1, primera frase.
9 Barbados. 26.1, primera frase.
10 Bélgica. 25.1, primera frase.
11 Brasil. 25.1.
12 Brunei. 27.1, primera frase.
13 Bulgaria. 25.1, primera frase.
14 Canadá. 25.1, primera frase.
15 China. 26.1, primera frase.
16 Corea del Sur. 25.1, primera frase.
17 Croacia. 25.1, primera frase.
18 Dinamarca. 25.1, primera frase.
19 Emiratos Árabes Unidos. 25.1, primera frase.
20 España. 26.1, primera frase.
21 Estonia. 24.1, primera frase.
22 Estados Unidos de América. 27.1.
23 Finlandia. 25.1, primera frase.
24 Francia. 24.1, primera frase.
25 Georgia. 26.1, primera frase.
26 Gran Bretaña e Irlanda del Norte. XXVII.1.
27 Grecia. 25.1, primera frase.
28 Guernsey. 24.1, primera frase.
29 Hong Kong. 24.1, primera frase.
30 Hungría. 25.1, primera frase.
31 Isla de Man. 24.1, primera frase.
32 India. 26.1, primera frase.
33 Indonesia. 25.1, primera frase.
34 Irlanda. 26.1, primera frase.
35 Islandia. 25.1, primera frase.
36 Israel. 24.1, primera frase.
37 Italia. 26.1, primera frase.
38 Japón. 27.1, primera frase.
39 Jersey. 24.1, primera frase.
40 Kazajistán. 24.1, primera frase.
41 Laos. 26.1, primera frase.
42 Letonia. 26.1, primera frase.
43 Liechtenstein. 24.1, primera frase.
44 Lituania. 26.1, primera frase.
45 Macedonia. 24.1, primera frase.
46 Malasia. 28.1, primera frase.
47 Malta. 25.1, primera frase.
48 Marruecos. 24.1, primera frase.
49 Mauricio. 26.1, primera frase.
50 México. 25.1, primera frase.
51 Moldavia. 24.1, primera frase.
52 Mónaco. 24.1, primera frase.
53 Noruega. 25.1.
54 Uzbekistán. 25.1, primera frase.
55 Panamá. 25.1, primera frase.
56 Países Bajos. 25.1.
57 Polonia. 26.1, primera frase.
58 Portugal. 26.1, primera frase.
59 Qatar. 26.1, primera frase.
60 República Eslovaca. 25.1, primera frase.
61 República Checa. 24.1, primera frase.
62 Rumanía. 27.1, primera frase.
63 Rusia. 25.1, primera frase.
64 San Marino. 25.1, primera frase.
65 Senegal. 26.1, primera frase.
66 Serbia. 26.1, primera frase.
67 Seychelles. 24.1, primera frase.
68 Singapur. 25.1, primera frase.
69 Eslovenia. 26.1, primera frase.
70 Sri Lanka. 25.1, primera frase.
71 Suecia. 25.1, primera frase.
72 Suiza. 25.1, primera frase.
73 Tayikistán. 25.1, primera frase.
74 Taiwán. 25.1, primera frase.
75 Tailandia. 26.1, primera frase.
76 Trinidad y Tobago. 27.1, primera frase.
77 Túnez. 25.1, primera frase.
78 Turquía. 25.1, primera frase.
79 Ucrania. 25.1, primera frase.
80 Uruguay. 24.1, primera frase.
81 Vietnam. 26.1, primera frase.

A tenor del artículo 16.6.b)(i) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen una disposición que determina que los casos a los que resulte aplicable el artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo inferior a tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
10 Bélgica. 25.1, segunda frase.
14 Canadá. 25.1, segunda frase.
33 Indonesia. 25.1, segunda frase.
37 Italia. 26.1, segunda frase.
48 Marruecos. 24.1, segunda frase.
58 Portugal. 26.1, segunda frase.
64 San Marino. 25.1, segunda frase.

A tenor del artículo 16.6.b)(ii) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen una disposición que determina que el plazo de tiempo para la presentación de los casos a los que resulte aplicable el artículo 16.1 es de al menos tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido en el Convenio. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
1 Sudáfrica. 25.1, segunda frase.
2 Alemania. 24.1, segunda frase.
3 Andorra. 24.1, segunda frase.
4 Arabia Saudí. 25.1, segunda frase.
5 Armenia. 25.1, segunda frase.
7 Azerbaiyán. 25.1, segunda frase.
8 Baréin. 24.1, segunda frase.
9 Barbados. 26.1, segunda frase.
12 Brunei. 27.1, segunda frase.
13 Bulgaria. 25.1, segunda frase.
15 China. 26.1, segunda frase.
16 Corea del Sur. 25.1, segunda frase.
17 Croacia. 25.1, segunda frase.
18 Dinamarca. 25.1, segunda frase.
19 Emiratos Árabes Unidos. 25.1, segunda frase.
20 España. 26.1, segunda frase.
21 Estonia. 24.1, segunda frase.
23 Finlandia. 25.1, segunda frase.
25 Georgia. 26.1, segunda frase.
27 Grecia. 25.1, segunda frase.
28 Guernsey. 24.1, segunda frase.
29 Hong Kong. 24.1, segunda frase.
30 Hungría. 25.1, segunda frase.
31 Isla de Man. 24.1, segunda frase.
32 India. 26.1, segunda frase.
35 Islandia. 25.1, segunda frase.
36 Israel. 24.1, segunda frase.
38 Japón. 27.1, segunda frase.
39 Jersey. 24.1, segunda frase.
40 Kazajistán. 24.1, segunda frase.
41 Laos. 26.1, segunda frase.
42 Letonia. 26.1, segunda frase.
43 Liechtenstein. 24.1, segunda frase.
44 Lituania. 26.1, segunda frase.
45 Macedonia. 24.1, segunda frase.
46 Malasia. 28.1, segunda frase.
47 Malta. 25.1, segunda frase.
49 Mauricio. 26.1, segunda frase.
50 México. 25.1, segunda frase.
51 Moldavia. 24.1, segunda frase.
52 Mónaco. 24.1, segunda frase.
54 Uzbekistán. 25.1, segunda frase.
55 Panamá. 25.1, segunda frase.
57 Polonia. 26.1, segunda frase.
59 Qatar. 26.1, segunda frase.
60 República Eslovaca. 25.1, segunda frase.
61 República Checa. 24.1, segunda frase.
62 Rumanía. 27.1, segunda frase.
63 Rusia. 25.1, segunda frase.
65 Senegal. 26.1, segunda frase.
66 Serbia. 26.1, segunda frase.
67 Seychelles. 24.1, segunda frase.
68 Singapur. 25.1, segunda frase.
69 Eslovenia. 26.1, segunda frase.
70 Sri Lanka. 25.1, segunda frase.
71 Suecia. 25.1, segunda frase.
72 Suiza. 25.1, segunda frase.
73 Tayikistán. 25.1, segunda frase.
74 Taiwán. 25.1, segunda frase.
75 Tailandia. 26.1, segunda frase.
76 Trinidad y Tobago. 27.1, segunda frase.
77 Túnez. 25.1, segunda frase.
78 Turquía. 25.1, segunda frase.
79 Ucrania. 25.1, segunda frase.
80 Uruguay. 24.1, segunda frase.
81 Vietnam. 26.1, segunda frase.

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen determinadas disposiciones.

A tenor artículo 16.6.c)(i) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.b)(i).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante
10 Bélgica.
24 Francia.

A tenor artículo 16.6.c)(ii) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.b)(ii).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante
6 Austria.
11 Brasil.
13 Bulgaria.
14 Canadá.
24 Francia.
26 Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
33 Indonesia.
34 Irlanda.
37 Italia.
39 Jersey.
48 Marruecos.
50 México.
56 Países Bajos.
58 Portugal.
64 San Marino.
72 Suiza.
75 Tailandia.
77 Túnez.
78 Turquía.

A tenor artículo 16.6.d)(i) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.c)(i).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante
10 Bélgica.

A tenor artículo 16.6.d)(ii) del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no contienen ninguna de las disposiciones descritas en el artículo 16.4.c)(ii).

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante
10 Bélgica.
37 Italia.
58 Portugal.
79 Ucrania.

Artículo 17. Ajustes correlativos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 17.4 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios contienen alguna de las disposiciones descritas en el artículo 17.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
1 Sudáfrica. Artículo 9.2.
2 Alemania. Artículo 9.2.
3 Andorra. Artículo 9.2.
4 Arabia Saudí. Artículo 9.2.
5 Armenia. Artículo 9.2.
7 Azerbaiyán. Artículo 9.2.
8 Baréin. Artículo 9.2.
9 Barbados. Artículo 9.2.
12 Brunei. Artículo 9.2.
13 Bulgaria. Artículo 9.2.
14 Canadá. Artículo 9.2.
15 China. Artículo 9.2.
16 Corea del Sur. Artículo 9.2.
17 Croacia. Artículo 9.2.
18 Dinamarca. Artículo 9.2.
19 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 9.2.
21 Estonia. Artículo 9.2.
22 Estados Unidos de América. Artículo 9.2.
25 Georgia. Artículo 9.2.
26 Gran Bretaña. Artículo XXV(3).
27 Grecia. Artículo 9.2.
28 Guernsey. Artículo 9.2.
29 Hong Kong. Artículo 9.2.
30 Hungría. Artículo 9.2.
31 Isla de Man. Artículo 9.2.
32 India. Artículo 9.2.
33 Indonesia. Artículo 9.2.
35 Islandia. Artículo 9.2.
36 Israel. Artículo 9.2.
38 Japón. Artículo 9.2.
39 Jersey. Artículo 9.2.
40 Kazajistán. Artículo 9.2.
41 Laos. Artículo 9.2.
42 Letonia. Artículo 9.2.
43 Liechtenstein. Artículo 9.2.
44 Lituania. Artículo 9.2.
45 Macedonia. Artículo 9.2.
46 Malasia. Artículo 9.2.
47 Malta. Artículo 9.3.
49 Mauricio. Artículo 9.2.
50 México. Artículo 9.2.
51 Moldavia. Artículo 9.2.
52 Mónaco. Artículo 9.2.
54 Uzbekistán. Artículo 9.2.
55 Panamá. Artículo 9.2.
57 Polonia. Artículo 9.2.
58 Portugal. Artículo 9.2.
60 República Eslovaca. Artículo 9.2.
61 República Checa. Artículo 9.2.
62 Rumanía. Artículo 9.2.
63 Rusia. Artículo 9.2.
64 San Marino. Artículo 9.2.
65 Senegal. Artículo 9.2.
66 Serbia. Artículo 9.2.
67 Seychelles. Artículo 9.2.
68 Singapur. Artículo 9.2.
69 Eslovenia. Artículo 9.2.
70 Sri Lanka. Artículo 9.2.
71 Suecia. Artículo 9.2.
72 Suiza. Artículo 9.2.
73 Tayikistán. Artículo 9.2.
74 Taiwán. Artículo 9.2.
76 Trinidad y Tobago. Artículo 9.2.
77 Túnez. Artículo 9.2.
78 Turquía. Artículo 9.2.
79 Ucrania. Artículo 9.2.
80 Uruguay. Artículo 9.2.
81 Vietnam. Artículo 9.2.

Artículo 18. Opción respecto de la aplicación de la Parte VI.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 18 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar la Parte VI.

Artículo 19. Arbitraje obligatorio y vinculante.

Reservas.

A tenor del artículo 19.12 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a aplicar las siguientes normas a sus convenios fiscales comprendidos en el Convenio, sin perjuicio de las demás disposiciones del artículo 19:

a) toda cuestión no resuelta tras un procedimiento amistoso que hubiera recaído en el ámbito del arbitraje previsto en el Convenio no podrá será objeto de tal arbitraje cuando un tribunal judicial o administrativo de cualquiera de las Jurisdicciones contratantes se haya pronunciado previamente sobre esa cuestión;

b) si, en cualquier momento posterior a la solicitud de arbitraje, y antes de que la comisión arbitral haya emitido su decisión a las autoridades competentes de las Jurisdicciones contratantes, un tribunal judicial o administrativo de una de las Jurisdicciones contratantes se pronunciara sobre la cuestión, el procedimiento de arbitral quedará concluido.

Artículo 23. Tipo de procedimiento arbitral.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 23.4 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar el artículo 23.5.

Artículo 24. Acuerdo sobre una resolución distinta.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A tenor del artículo 24.1 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo opta por aplicar el artículo 24.2.

Reserva.

A tenor del artículo 24.3 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar el artículo 24.2 en relación con sus convenios fiscales comprendidos en los que se aplique el artículo 23.2.

Artículo 26. Compatibilidad.

Reserva.

A tenor del artículo 26.4 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar la Parte VI respecto del convenio fiscal comprendido señalado que ya prevé la obligatoriedad de remitir a arbitraje vinculante toda cuestión no resuelta que se derive de un procedimiento amistoso. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
72 Suiza. Artículo 25.5.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A tenor del artículo 26.1 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada conforme al artículo 26.4 y contienen una disposición que prevé la obligatoriedad de remitir a arbitraje vinculante toda cuestión no resuelta que se derive de un procedimiento amistoso. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra Jurisdicción Contratante Disposición
2 Alemania. Artículo 24.5.
21 Estonia. Artículo 24.5.
28 Guernsey. Artículo 24.5.
29 Hong Kong. Artículo 24.5.
31 Isla de Man. Artículo 24.5.
39 Jersey. Artículo 24.5.
43 Liechtenstein. Artículo 24.5.
49 Mauricio. Artículo 26.5.
50 México. Artículo 9.4, P.
64 San Marino. Artículo 25.5.
67 Seychelles. Artículo 24.5.
80 Uruguay. Artículo 24.5.

Artículo 36. Fecha de efecto de la VI Parte.

Reserva.

A tenor del artículo 36.2 del Convenio, el Gran Ducado de Luxemburgo se reserva el derecho a no aplicar la Parte VI a los casos presentados a la autoridad competente de una Jurisdicción contratante antes de la última de las fechas en las que este Convenio entre en vigor para cada una de las Jurisdicciones contratantes del convenio fiscal comprendido en el Convenio únicamente en la medida en que las autoridades competentes de ambas Jurisdicciones contratantes estén de acuerdo en que se aplicará a esos casos concretos.

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