Legislación › Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
Vigésimo cuarto. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera.
Vigésimo cuarto. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera.
1. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública en las personas titulares de las Direcciones generales de la Función Pública, de Gobernanza Pública y de la Oficina de Conflictos de Intereses, en el marco de sus respectivas áreas funcionales, y, en particular, en lo relativo al servicio presupuestario 50, de las siguientes atribuciones:
a) La aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas relativas a gastos corrientes y de capital, que sean propios de los respectivos centros directivos, hasta el límite de 600.000 euros.
b) Las facultades de contratación y formalización de convenios atribuidas a la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública, en virtud del artículo 323 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y de la letra g) el apartado 2 del artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta el límite de 600.000 euros.
c) Las competencias que el artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, reconoce a las personas titulares de las Secretarías de Estado en materia de convocatoria y otorgamiento de subvenciones, hasta el límite de 600.000 euros.
d) La formalización de encargos a medios propios personificados a los que se refiere el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y de encomiendas de gestión a las que se alude en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, hasta el límite de 600.000 euros.
2. Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública de las facultades de contratación y la aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas correspondientes a los créditos consignados en el servicio presupuestario 26 de la Sección 15, en las materias correspondientes a las funciones recogidas en el artículo 18.9.b) del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, a excepción de los correspondientes al concepto 226.01 atenciones protocolarias y representativas en:
a) La persona titular de la Oficialía Mayor, con el límite cuantitativo inferior a 150.000 euros.
b) La persona titular del Departamento de Servicios y Coordinación Territorial cuando su importe sea igual o superior a 150.000 euros e inferior a 300.000 euros.
c) La persona titular de la Subsecretaría cuando su importe sea superior a 300.000 euros.


