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Legislación › Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón.

Artículo 3. Ámbito territorial.

Artículo 3. Ámbito territorial.

1. La presente ley se aplicará en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. A los efectos de esta ley se considerarán ámbitos territoriales para la aplicación del régimen de alerta sanitaria y confinamientos perimetrales el territorio incluido en zonas básicas de salud, sectores sanitarios, distritos o barrios rurales, municipios, comarcas o provincias.

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