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Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 23 de febrero de 2021 · Último cambio el 16 de septiembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito temporal.
- Artículo 3. Ámbito territorial.
- Artículo 4. Principio de precaución.
- Artículo 5. Deber de colaboración. 2 redacciones · cambió el 08/07/2021
- Artículo 6. Obligación personal de confinamiento.
- Artículo 7. Distancia de seguridad interpersonal, uso obligatorio de mascarillas y otras medidas.
- Artículo 8. Medidas higiénico-sanitarias generales en establecimientos y actividades.
- Artículo 9. Reuniones sociales.
- Artículo 10. Régimen de eventos multitudinarios.
- Artículo 11. Criterios e instrumentos de aplicación.
- Artículo 12. Realización de pruebas diagnósticas.
- Artículo 13. Inspección y control.
- Artículo 14. Régimen sancionador.
- Artículo 15. Autorización o ratificación judicial.
- Artículo 16. Coste de adopción de las medidas.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 17. Niveles de alerta.
- Artículo 18. Aplicación de los niveles de alerta.
- Artículo 19. Modulación de los niveles de alerta por la autoridad sanitaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 20. Régimen de aforos.
- Artículo 21. Régimen de reuniones sociales.
- Artículo 22. Medidas higiénico-sanitarias en establecimientos y actividades específicos.
- Artículo 23. Centros de trabajo.
- Artículo 24. Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Artículo 25. Centros docentes.
- Artículo 26. Servicios sociales.
- Artículo 27. Servicios de transporte público regular de viajeros por carretera.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Aplicación general de la fase 2 del proceso de desescalada.
- Artículo 29. Modulaciones generales.
- Artículo 30. Modulaciones en materia de transportes.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 31. Aplicación general de la fase 1 del proceso de desescalada.
- Artículo 32. Modulaciones generales. 2 redacciones · cambió el 07/05/2021
- Artículo 33. Modulaciones en materia de transportes.
- TÍTULO III
- Artículo 34. Confinamiento por ministerio de la ley.
- Artículo 35. Confinamiento por la autoridad sanitaria.
- Artículo 36. Efectos del confinamiento por ministerio de la ley o por la autoridad sanitaria.
- Disposición adicional primera. Referencias de género.
- Disposición adicional segunda. Medidas de prevención sobre trabajadores temporales agrarios.
- Disposición transitoria primera. Régimen de centros sanitarios, educativos y sociales y de transportes.
- Disposición transitoria segunda. Régimen aplicable a los municipios en fase 2.
- Disposición transitoria tercera. Vigencia de disposiciones y acuerdos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- Firma


