Legislación › Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Artículo 2. El Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Artículo 2. El Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
1. El Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha está constituido por todos los bienes y derechos de los que sean titulares las Cortes de Castilla-La Mancha e instituciones dependientes, la Administración de la Comunidad Autónoma, y los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculados o dependientes de la misma.
No se entenderán incluidos en dicho patrimonio el dinero, los valores, los créditos y los demás recursos financieros de su hacienda, en los términos previstos en el artículo 3.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
2. Los bienes y derechos pueden ser de dominio público o demaniales y de dominio privado o patrimoniales.


