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Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 24 de febrero de 2021 · Último cambio el 19 de noviembre de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. El Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  6. Artículo 3. Los bienes y derechos de dominio público o demaniales.
  7. Artículo 4. Los bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales.
  8. Artículo 5. Régimen jurídico.
  9. Artículo 6. Principios de gestión y administración.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 7. Facultades patrimoniales y de representación en general.
  12. Artículo 8. Competencias.
  13. Artículo 9. El patrimonio de las Cortes de Castilla-La Mancha.
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 10. Obligación de protección y defensa y deber de colaboración.
  17. Artículo 11. Limitaciones en cuanto a la disponibilidad de bienes y derechos.
  18. Artículo 12. Remisión de información con incidencia patrimonial por parte de los registros y archivos públicos.
  19. Artículo 13. Prerrogativas administrativas.
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 14. El Inventario General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  22. Artículo 15. Dirección, gestión y control del Inventario General.
  23. Artículo 16. Órganos competentes para la gestión de los inventarios.
  24. Artículo 17. Naturaleza jurídica del Inventario General.
  25. Artículo 18. Acceso a la información contenida en el Inventario General.
  26. Artículo 19. Reflejo contable.
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 20. Obligatoriedad de la inscripción en general.
  29. Artículo 21. Cuestiones relacionadas con el régimen registral de los bienes inmuebles.
  30. CAPÍTULO IV
  31. Artículo 22. Objeto y órganos competentes.
  32. Artículo 23. Inicio e instrucción del procedimiento.
  33. Artículo 24. Terminación del procedimiento.
  34. Artículo 25. Premio por denuncia.
  35. CAPÍTULO V
  36. Artículo 26. Objeto y órganos competentes.
  37. Artículo 27. Iniciación e instrucción del procedimiento.
  38. Artículo 28. Terminación del procedimiento.
  39. CAPÍTULO VI
  40. Artículo 29. Objeto y órganos competentes.
  41. Artículo 30. Iniciación e instrucción del procedimiento.
  42. Artículo 31. Terminación del procedimiento y ejecución.
  43. Artículo 32. Indemnización de daños y perjuicios.
  44. CAPÍTULO VII
  45. Artículo 33. Objeto y ejercicio de la potestad.
  46. CAPÍTULO VIII
  47. Artículo 34. Infracciones.
  48. Artículo 35. Sanciones.
  49. Artículo 36. Competencia y procedimiento.
  50. Artículo 37. Indicios de ilícito penal.
  51. TÍTULO III
  52. CAPÍTULO I
  53. Artículo 38. La afectación y sus efectos.
  54. Artículo 39. Forma de la afectación.
  55. Artículo 40. Afectaciones concurrentes y especiales.
  56. Artículo 41. Competencia y procedimiento para la afectación.
  57. Artículo 42. La desafectación: efectos y forma.
  58. Artículo 43. Competencia y procedimiento para la desafectación.
  59. Artículo 44. Mutaciones demaniales.
  60. Artículo 45. El procedimiento y competencia para la mutación demanial.
  61. Artículo 46. Las mutaciones demaniales subjetivas.
  62. CAPÍTULO II
  63. Artículo 47. Concepto y objeto.
  64. Artículo 48. La adscripción de bienes y derechos demaniales.
  65. Artículo 49. La adscripción de bienes y derechos patrimoniales.
  66. Artículo 50. Órganos competentes y procedimiento para el cambio de adscripción de bienes y derechos.
  67. Artículo 51. Cambios de adscripción motivados por reorganizaciones administrativas.
  68. Artículo 52. Adscripciones compartidas.
  69. CAPÍTULO III
  70. Artículo 53. Incorporación por innecesariedad.
  71. Artículo 54. Incorporación por supresión del organismo.
  72. TÍTULO IV
  73. CAPÍTULO I
  74. Artículo 55. Régimen aplicable.
  75. Artículo 56. Clases de usos y títulos habilitantes.
  76. Artículo 57. Reservas demaniales.
  77. CAPÍTULO II
  78. Artículo 58. Bienes y derechos destinados a los servicios públicos.
  79. Artículo 59. Ocupación de edificios y otros inmuebles por terceros.
  80. CAPÍTULO III
  81. Artículo 60. Exigencia de las autorizaciones y concesiones demaniales.
  82. Artículo 61. Autorizaciones: otorgamiento, transmisibilidad y revocación.
  83. Artículo 62. Concesiones: otorgamiento, formalización, transmisibilidad y rescate.
  84. Artículo 63. Régimen económico de las autorizaciones y las concesiones.
  85. Artículo 64. Condiciones generales y particulares de las autorizaciones y las concesiones.
  86. Artículo 65. Contenido mínimo del acto de otorgamiento.
  87. Artículo 66. Órganos competentes.
  88. Artículo 67. Procedimiento para la adjudicación directa de autorizaciones y concesiones.
  89. Artículo 68. Procedimiento de adjudicación en régimen de concurrencia iniciado con motivo de la solicitud de un particular.
  90. Artículo 69. Procedimiento de adjudicación en régimen de concurrencia iniciado a instancia de la propia Administración.
  91. Artículo 70. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
  92. Artículo 71. Devolución del bien y otros efectos de la extinción.
  93. Artículo 72. Derecho de adquisición preferente.
  94. CAPÍTULO IV
  95. Artículo 73. Explotación de bienes y derechos patrimoniales.
  96. Artículo 74. Órganos competentes.
  97. Artículo 75. La adjudicación de la explotación a terceros.
  98. Artículo 76. Formalización y subrogación.
  99. TÍTULO V
  100. Artículo 77. Edificio administrativo.
  101. Artículo 78. Reglas básicas de utilización.
  102. Artículo 79. Los edificios administrativos compartidos.
  103. Artículo 80. Planificación para la optimización de los edificios administrativos.
  104. Artículo 81. Órgano de coordinación y control.
  105. Artículo 82. Comisión Consultiva de Gestión de Edificios Administrativos.
  106. TÍTULO VI
  107. CAPÍTULO I
  108. Artículo 83. Reconocimiento de la potestad y principio de libertad de pacto.
  109. Artículo 84. Régimen jurídico aplicable.
  110. Artículo 85. Preparación del negocio patrimonial.
  111. Artículo 86. Tasaciones periciales.
  112. Artículo 87. Procedimiento de adjudicación.
  113. Artículo 88. Capacidad para contratar con la Administración.
  114. Artículo 89. Formalización de determinados negocios jurídicos sobre inmuebles.
  115. CAPÍTULO II
  116. Sección primera
  117. Artículo 90. Modos de adquisición y su carácter.
  118. Artículo 91. Adquisiciones sometidas a legislación específica.
  119. Sección segunda
  120. Artículo 92. Adecuación al fin.
  121. Artículo 93. Competencia para la adquisición de bienes inmuebles y derechos reales.
  122. Artículo 94. Normas especiales para la preparación y aprobación de la adquisición.
  123. Artículo 95. Adjudicación.
  124. Artículo 96. Particularidades respecto del pago.
  125. Artículo 97. Adquisiciones de derechos de propiedad incorporal.
  126. Sección tercera
  127. Artículo 98. Órganos competentes.
  128. Artículo 99. Reglas generales para las adquisiciones a título gratuito.
  129. Artículo 100. Normas específicas para las adquisiciones hereditarias.
  130. CAPÍTULO III
  131. Sección primera
  132. Artículo 101. Bienes y derechos susceptibles de enajenación.
  133. Artículo 102. Negocios jurídicos de enajenación.
  134. Artículo 103. Pago del precio por parte de los adquirentes.
  135. Artículo 104. Cargas y gravámenes.
  136. Sección segunda
  137. Artículo 105. Competencia.
  138. Artículo 106. Preparación de la venta.
  139. Artículo 107. Adjudicación con concurrencia: subasta o concurso.
  140. Artículo 108. Adjudicación directa.
  141. Artículo 109. Enajenación de inmuebles litigiosos.
  142. Sección tercera
  143. Artículo 110. Competencia y requisitos.
  144. Artículo 111. La solicitud y su tramitación.
  145. Artículo 112. El acuerdo de cesión.
  146. Artículo 113. Aplicación efectiva del bien al fin y su control.
  147. Artículo 114. Extinción y reversión.
  148. Artículo 115. Cesión gratuita de uso.
  149. Sección cuarta
  150. Artículo 116. Competencia.
  151. Artículo 117. Adjudicación.
  152. Artículo 118. Cesión gratuita de bienes muebles.
  153. CAPÍTULO IV
  154. Artículo 119. Requisitos.
  155. Artículo 120. Competencia.
  156. Artículo 121. Normas de procedimiento.
  157. CAPÍTULO V
  158. Artículo 122. Competencia.
  159. Artículo 123. Preparación del contrato de arrendamiento.
  160. Artículo 124. Adjudicación.
  161. Artículo 125. Formalización.
  162. Artículo 126. Adscripción.
  163. Artículo 127. Contratos mixtos de arrendamiento.
  164. TÍTULO VII
  165. CAPÍTULO I
  166. Artículo 128. Ámbito.
  167. Artículo 129. Adquisición.
  168. Artículo 130. Aportaciones no dinerarias.
  169. Artículo 131. Representación de la Administración regional.
  170. Artículo 132. Enajenación.
  171. Artículo 133. Reordenación interna del patrimonio empresarial.
  172. CAPÍTULO II
  173. Artículo 134. Concepto y régimen jurídico.
  174. Artículo 135. Constitución.
  175. Artículo 136. Tutela funcional.
  176. Artículo 137. Acuerdos sociales sometidos a autorización del Consejo de Gobierno.
  177. Artículo 138. Especialidades de las empresas públicas íntegramente participadas de Castilla-La Mancha.
  178. Disposición adicional primera. Competencias en relación a los patrimonios de gestión separada.
  179. Disposición adicional segunda. Convenios de contenido patrimonial con otras entidades públicas.
  180. Disposición adicional tercera. Participación en las actuaciones de ejecución del planeamiento.
  181. Disposición adicional cuarta. Régimen patrimonial de los consorcios adscritos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  182. Disposición adicional quinta. Régimen patrimonial del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.
  183. Disposición adicional sexta. Régimen patrimonial de la Universidad de Castilla-La Mancha.
  184. Disposición adicional séptima. Gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  185. Disposición adicional octava. Especialidades de gestión de determinados grupos de bienes muebles y derechos.
  186. Disposición adicional novena. Bienes semovientes.
  187. Disposición adicional décima. Actualización de cuantías.
  188. Disposición transitoria primera. Bienes y derechos de dominio público adscritos a empresas y fundaciones públicas bajo la vigencia de la normativa anterior.
  189. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales.
  190. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  191. Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/2006, de 23 de marzo, de creación de la Empresa Pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha.
  192. Disposición final segunda. Referencias normativas.
  193. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
  194. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  195. nu