LexTotal

Legislación › Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Artículo 78. Reglas básicas de utilización.

Artículo 78. Reglas básicas de utilización.

Las consejerías, organismos públicos y demás entidades titulares de la adscripción utilizarán y gestionarán los edificios administrativos con sujeción a las siguientes reglas:

a) Seguridad y conservación.

b) Uso racional y eficiente.

c) Accesibilidad, habitabilidad y funcionalidad, sin perjuicio de las consideraciones de carácter cultural o medioambiental que puedan o deban tenerse en cuenta.

d) Imagen institucional unificada e inspirada en los principios que rigen la organización y funcionamiento de la Administración Pública.

e) Adecuación a las actuaciones de planificación, coordinación y control que se establecen en los artículos siguientes.

← Artículo 77 Índice Artículo 79 →