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Legislación › Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Artículo 48. La adscripción de bienes y derechos demaniales.

Artículo 48. La adscripción de bienes y derechos demaniales.

Los bienes y derechos de naturaleza demanial se podrán adscribir a:

a) Las Cortes Regionales e instituciones dependientes.

b) Las consejerías y demás órganos integrantes de la Administración de la Junta de Comunidades.

c) Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración regional.

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