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Legislación › Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial.

Artículo 53. De la Junta General.

Artículo 53. De la Junta General.

1. Orden del día. La Junta Directiva tendrá la facultad de incluir en el orden del día de las Juntas Generales extraordinarias convocadas a petición escrita de, al menos, la cuarta parte de los colegiados y las colegiadas, todas aquellas cuestiones que considere de interés para los colegiados y las colegiadas, previa notificación a todos los colegiados y las colegiadas, según lo previsto en el artículo 14 de estos Estatutos.

2. De las votaciones en las juntas generales. Las votaciones se realizarán a mano alzada. No obstante, el Presidente o la Presidenta podrá acordar la votación secreta mediante papeletas, para uno, varios o todos los asuntos incluidos en el orden del día. Este sistema de votación será obligatorio si lo solicitase al menos un diez por ciento de los y las asistentes a la Junta.

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