Legislación › Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación.
Artículo 17. Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de marzo de 2021 y la del 16 de junio de 2023.
Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 17. Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
1. El PACC es el documento en el que se detallarán las propuestas de acuerdos marco obras, servicios y contratos suministros incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 3.1 que serán objeto competencia de contratación centralizada por las Juntas de Contratación.
2. Además de la relación y descripción de las obras, bienes y servicios objeto de contratación centralizada, Además, el PACC incluirá el calendario de contratación, la Junta de Contratación encargada de cada contrato competente y los órganos responsables de elaborar la documentación preparatoria del expediente de contratación y del seguimiento particularizado del acuerdo marco o contrato. expediente de contratación.
3. Las obras, suministros y servicios incluidos en el PACC no podrán ser contratados por órganos de contratación distintos a las Juntas de Contratación indicadas en dicho Plan, sin perjuicio de la delegación de competencias establecida en la disposición adicional primera.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de junio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-14215 | Leer | Qué cambió |
| 26 de marzo de 2021 | Texto original | Leer |


