Legislación › Decreto-ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público.
Artículo 7. Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios futuros.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de febrero de 2021 y la del 30 de abril de 2021.
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Artículo 7. Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios futuros.
7.1 Se pueden adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual en el caso de expedientes que se financien con los fondos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia y del REACT-EU.
7.2 En el caso de los expedientes financiados con fondos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia el plazo no puede ir más allá del año 2026.
7.3 En el caso de los expedientes financiados con fondos REACT-EU, el plazo no puede ir más allá del año 2023.
7.4 Corresponde al departamento competente en materia de finanzas la autorización y la modificación de compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios futuros de proyectos programados en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del REACT-EU, siempre que el importe de las anualidades futuras no supere los 300.000 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-10260 | Leer | Qué cambió |
| 5 de febrero de 2021 | Texto original | Leer |


