Legislación › Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
Disposición transitoria segunda. Procedimientos iniciados conforme a los Decretos-leyes 1/2020, de 25 de marzo; 2/2020, de 28 de abril, y 4/2020, de 24 de junio.
Disposición transitoria segunda. Procedimientos iniciados conforme a los Decretos-leyes 1/2020, de 25 de marzo; 2/2020, de 28 de abril, y 4/2020, de 24 de junio.
Los procedimientos cuya tramitación se haya iniciado conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 1/2020, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto-ley 2/2020, de 28 de abril, por el que se adoptan medidas adicionales, y el Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica, continuarán su tramitación conforme a lo dispuesto en los mismos.
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