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Legislación › Decreto-ley 19/2020, de 12 de noviembre, de establecimiento del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario aplicable a la importación o entrega de mascarillas y productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la COVID-19.

Artículo único. Tributación en el Impuesto General Indirecto Canario de la entrega o importación de mascarillas y productos sanitarios para el diagnóstico in vitro de la COVID-19.

Artículo único. Tributación en el Impuesto General Indirecto Canario de la entrega o importación de mascarillas y productos sanitarios para el diagnóstico in vitro de la COVID-19.

Uno. Desde la entrada en vigor del presente Decreto ley y hasta el día 31 de diciembre de 2021, en el Impuesto General Indirecto Canario resulta aplicable el tipo cero a la entrega o importación de los siguientes bienes:

  Nombre del producto Descripción del bien/producto Código NC
1 Mascarillas.

– Mascarillas faciales textiles, sin filtro reemplazable ni piezas mecánicas, incluidas las mascarillas quirúrgicas y las mascarillas faciales desechables fabricadas con material textil no tejido.

– Mascarillas faciales FFP2 y FFP3.

ex 6307 90 10

ex 6307 90 93

ex 6307 90 95

Mascarillas quirúrgicas de papel sin acondicionar para la venta al por menor. ex 4818 90 10
Mascarillas quirúrgicas de papel acondicionadas para la venta al por menor. ex 4818 90 90
Máscaras de gas con piezas mecánicas o filtros reemplazables para la protección contra agentes biológicos. 9020 00 10
También incluye máscaras que incorporen protección ocular o escudos faciales. 9020 00 90
2 Kits de pruebas para el COVID-19 / Instrumental y aparatos utilizados en las pruebas diagnósticas.

– Kits de prueba diagnóstica del Coronavirus.

– Reactivos de diagnóstico basados en reacciones inmunológicas.

ex 3002 13 00

ex 3002 14 00

ex 3002 15 00

ex 3002 90 90

Equipos de hisopos y medios de transporte viral. ex 3821.00
Reactivos de diagnóstico basados en la reacción en cadena de la polimerasa (PCR) prueba del ácido nucleico. ex 3822 00 00
Instrumental utilizado en los laboratorios clínicos para el diagnóstico in vitro. ex 9027 80 80
Kits para muestras.

ex 9018 90

ex 9027 80

Uno bis. Resulta aplicable el tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, hasta el 31 de diciembre de 2021, a la entrega o importación de los siguientes bienes:

Nombre del bien Descripción del bien/Producto Código NC
Mascarillas. Mascarillas de protección facial Mascarillas quirúrgicas de telas sin tejer. ex 6307.90.93
    ex 6307.90.95
    ex 6307.90.98

Dos. Los bienes descritos en el apartado Uno anterior quedan excluidos del apartado 2 del artículo único del Decreto-ley 8/2020, de 23 de abril, de establecimiento del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario aplicable a la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.

Se modifica el apartado Uno por la disposición final 2 del Decreto-ley 5/2021, de 29 de abril. BOE-A-2021-10591

Se añade un apartado Uno.bis por la disposicion final 4 del Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo. BOE-A-2021-9353

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-10591 Leer Qué cambió
2 de abril de 2021 BOE-A-2021-9353 Leer Qué cambió
13 de noviembre de 2020 Texto original Leer

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