Legislación › Decreto-ley 24/2020, de 23 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes en los ámbitos de vivienda, transportes y puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio del procedimiento de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio del procedimiento de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública.
Hasta tanto se regule el procedimiento para adjudicar las viviendas protegidas de promoción pública por decreto del Gobierno de Canarias, será de aplicación el procedimiento previsto en el Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda.
Se modifica por la disposición final 4.2 del Decreto-ley 3/2025, de 21 de abril. BOE-A-2025-11961
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11961 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 2020 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional tercera Índice Disposición derogatoria única →


