LexTotal

Legislación › Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.

Artículo 105. Cese del Presidente.

Artículo 105. Cese del Presidente.

El Presidente cesará por las causas siguientes:

a) Fallecimiento.

b) Renuncia.

c) Falta inicial no conocida o pérdida sobrevenida de los requisitos estatutarios y de capacidad para desempeñar el cargo.

d) Expiración del término o plazo para el que fue elegido, pudiendo presentarse a la reelección una sola vez.

e) Aprobación de la moción de censura que se regula en el artículo siguiente.

← Artículo 104 Índice Artículo 106 →