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Legislación › Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.

Artículo 37. Régimen laboral.

Artículo 37. Régimen laboral.

La Abogacía podrá ejercerse por cuenta ajena en régimen de relación laboral especial o común.

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