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Legislación › Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.

Artículo 49. Educación infantil 0-3.

Artículo 49. Educación infantil 0-3.

1. La Administración autonómica garantizará la calidad y el carácter inclusivo de los recursos de educación infantil 0-3, avanzará en su universalización y gratuidad y promoverá una dotación suficiente de plazas y los recursos para hacer efectivas las posibilidades de acceso, permanencia y promoción de toda la población infantil a esta etapa educativa, preferentemente en centros públicos.

2. Asimismo, procurará la adaptación progresiva de los horarios de las escuelas infantiles 0-3 a los horarios laborales de padres y madres.

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