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Legislación › Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.

Artículo 58. Racionalización de horarios.

Artículo 58. Racionalización de horarios.

Las administraciones públicas de Galicia, conjuntamente con los interlocutores sociales y económicos, impulsarán el establecimiento de sistemas horarios que se adecúen a las necesidades empresariales y de los trabajadores y trabajadoras como estrategia tanto de mejora de la competitividad y productividad de las empresas como de las condiciones laborales y de vida de las personas que trabajan en las mismas.

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