LexTotal

Legislación › Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.

Disposición adicional primera. Incremento de la inversión en políticas de familia.

Disposición adicional primera. Incremento de la inversión en políticas de familia.

La Administración autonómica, dentro del necesario respeto a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, incrementará la inversión en políticas de familia durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor de la presente ley un mínimo del 50 % sobre el aumento porcentual del gasto no financiero de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

← Artículo 109 Índice Disposición adicional segunda →