Legislación › Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de febrero de 2021 y la del 1 de enero de 2026.
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Disposición final segunda. Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
Se añade un número 9 al artículo 42 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, con la siguiente redacción: (Suprimida)
«9. Todos los proyectos de decreto serán remitidos, junto con un análisis de su impacto demográfico, al órgano de dirección competente en materia de dinamización demográfica, a los efectos previstos en el artículo 8 de la Ley de impulso demográfico de Galicia».
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 En vigor | BOE-A-2026-3385 | Leer | Qué cambió |
| 10 de febrero de 2021 | Texto original | Leer |
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