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Legislación › Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

Artículo 83. Potestad sancionadora.

Artículo 83. Potestad sancionadora.

La potestad para imponer sanciones corresponderá al órgano sustantivo en quien recaiga la competencia de autorización de los proyectos.

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