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Legislación › Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal".

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de abril de 2021 y la del 23 de marzo de 2024. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Contenido del modelo 234 de «Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal»
El mensaje informático que, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden, sea transmitido a la Agencia Estatal de Administración Tributaria se ajustará al siguiente contenido:
– Referencia del Mecanismo (ArrangementID AID). Es AID): es la referencia que identifica a nivel internacional el mecanismo. mecanismo (Esta referencia la asigna la autoridad fiscal que recibe la primera declaración del mecanismo).
– Referencia internacional de la declaración (DisclosureID DID): Es es el identificador a nivel internacional de la declaración. declaración (Este número será asignado en el momento de la presentación por la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
– Número de justificante: es el identificador a nivel nacional de la declaración. declaración (Este número lo asigna la AEAT, es único para cada presentación).
Datos de la presentación:
– Modelo 234.
– Tipo de presentación.
Datos de la declaración:
1. ¿Se trata de la primera declaración del mecanismo? Sí/no.
2. ¿Se trata de un mecanismo comercializable? Sí/no.
Datos del declarante:
1. Datos identificativos del declarante:
– Persona física:
• Nombre y apellidos.
• Fecha de nacimiento.
• Lugar de nacimiento.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
– Entidad:
• Denominación o razón social.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
2. Declarante en concepto de:
– Intermediario.
– Obligado tributario interesado.
3. Razón por la que se declara:
– Intermediario:
a) Promotor, diseñador, comercializador, entre otros, según el número 1.º del apartado 4.a) del artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
b) Proveedor de servicios (ayuda, asistencia, asesoramiento) con respecto al mecanismo, según el número 2.º del apartado 4.a) del artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
– Obligado tributario interesado:
a) Secreto profesional del intermediario.
b) No existe intermediario.
4. Criterios de conexión con la Administración española.
– Intermediario. Criterios contenidos en el apartado 6. a) 6.a) del artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
– Obligado tributario interesado. Criterios contenidos en el apartado 6. b) 6.b) del artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Información sobre los obligados tributarios interesados.
1. Datos identificativos de los obligados tributarios interesados participantes:
– Persona física:
• Nombre y apellidos.
• Fecha de nacimiento.
• Lugar de nacimiento.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
– Entidad:
• Denominación o razón social.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
2. Fecha de implementación.
3. Datos identificativos de las personas o entidades que sean empresas asociadas al obligado tributario interesado participante:
– Persona física:
• Nombre y apellidos.
• Fecha de nacimiento.
• Lugar de nacimiento.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
– Entidad:
• Denominación o razón social.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
Información sobre los intermediarios.
1. Datos identificativos del intermediario implicado:
– Persona física:
• Nombre y apellidos.
• Fecha de nacimiento.
• Lugar de nacimiento.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
– Entidad:
• Denominación o razón social.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
2. Relación del intermediario con el mecanismo:
a) Promotor, diseñador, comercializador, entre otros, según el número 1.º del apartado 4.a) del artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio; julio.
b) Proveedor de servicios (ayuda, asistencia, asesoramiento) con respecto al mecanismo, según el número 2.º del apartado 4.a) del artículo 45 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
3. Estados miembros en los que está exento de declarar.
Información sobre los afectados en la UE.
1. Datos identificativos de la persona o entidad afectada:
– Persona física:
• Nombre y apellidos.
• Fecha de nacimiento.
• Lugar de nacimiento.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto contacto.
• Correo electrónico electrónico.
• País de residencia fiscal fiscal.
– Entidad:
• Denominación o razón social.
• NIF asignado por la Administración española y NIF asignado por la jurisdicción o el país en que sea residente fiscal, en caso de que no sea residente fiscal en España.
• Dirección de contacto.
• Correo electrónico.
• País de residencia fiscal.
Información del mecanismo.
1. Nombre o denominación común del mecanismo.
2. Descripción del mecanismo.
3. Fecha en que se ha realizado o se va a realizar la primera fase de la ejecución del mecanismo transfronterizo.
4. Fecha de nacimiento de la obligación de la información.
5. Circunstancia que determina el nacimiento de la obligación.
a) El mecanismo se ha puesto a disposición para su ejecución;
b) El el mecanismo es ejecutable;
c) Se se ha realizado la primera fase de ejecución del mecanismo;
d) Se se ha facilitado la ayuda, asistencia o asesoramiento relacionado con el mecanismo.
e) Se ha recibido comunicación de intermediario intermediario, del que el declarante es cliente, indicando que está eximido de presentar declaración porque la cesión de información vulnera el régimen jurídico del deber de secreto profesional.
6. Disposiciones nacionales y extranjeras que constituyen la base del mecanismo.
7. Valor del efecto fiscal derivado del mecanismo de acuerdo con el apartado 1.f) del artículo 46 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
8. Detalle de la estructura y características del mecanismo que incluirá los datos con transcendencia tributaria. tributaria, en particular, cualquier información que pueda ayudar a la Administración tributaria a evaluar el riesgo fiscal.
9. Estados miembros afectados por el mecanismo.
10. Concurrencia del criterio del beneficio principal.
11. Relación de cada una de las categorías de señas distintivas de acuerdo con el apartado 1.b) del artículo 46 del Reglamento General aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de marzo de 2024 En vigor BOE-A-2024-5722 Leer Qué cambió
14 de abril de 2021 Texto original Leer

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