LexTotal

Legislación › Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

Disposición transitoria tercera. Aplicación del Reglamento de organización y funcionamiento vigente.

Disposición transitoria tercera. Aplicación del Reglamento de organización y funcionamiento vigente.

Hasta que se apruebe y entre en vigor el nuevo Reglamento de organización y funcionamiento del Síndic de Greuges, al que hace referencia la disposición final segunda de la presente ley, seguirá siendo aplicable, en todo lo que no se oponga a esta, el texto aprobado mediante la Resolución 126/III, de 21 de septiembre de 1993, de la comisión de las Corts Valencianes encargada de las relaciones con el Síndic de Greuges.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición derogatoria única →