Legislación › Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Decimoséptimo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 2021 y la del 9 de abril de 2022.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras).
Volver al texto en vigor
Decimoséptimo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, con su previa aceptación, en la persona titular de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social del ejercicio de las funciones atribuidas a aquel en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, y demás disposiciones sobre la materia a excepción de la relativa a la exención de garantías para aplazamientos a que se refiere el artículo 33.4.d) del citado Reglamento. reglamento, así como de las funciones atribuidas a aquel en relación con la colaboración en el pago de obligaciones de la Seguridad Social previstas en el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 696/2018, de 29 de junio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de abril de 2022 En vigor | BOE-A-2022-5791 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2021 | Texto original | Leer |


