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Legislación › Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de febrero de 2024 y la del 12 de noviembre de 2024. Tachado: lo que se quitó (48 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras). Volver al texto en vigor

Véase en relación con las competencias delegadas a la persona titular de la Jefatura del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, lo previsto en la Resolución de 16 de febrero de 2024. BOE-A-2024-3783y Esta Orden se deja sin efecto, desde el 12 de la Secretaría General noviembre de Objetivos y Políticas 2024, por el apartado 41 de Inclusión y Previsión Social, la Resolución de 20 Orden ISM/1245/2024, de diciembre 7 de 2023. BOE-A-2023-26097 noviembre. BOE-A-2024-23411

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de noviembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-23411 Leer Qué cambió
27 de febrero de 2024 BOE-A-2024-3783 Leer Qué cambió
30 de enero de 2024 BOE-A-2024-1760 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 2023 BOE-A-2023-26097 Leer

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