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Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 5 de mayo de 2021 · Último cambio el 29 de enero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Control sanitario de los pasajeros internacionales. 2 redacciones · cambió el 06/04/2022
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Suspensión de obligaciones y prórrogas.
- Artículo 3. Posibilidad de celebrar reuniones.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 4. Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables. 9 redacciones · cambió el 29/01/2025
- Sección 2
- Artículo 5. Derecho a percepción del bono social por parte de determinados colectivos en situación de vulnerabilidad económica. 5 redacciones · cambió el 26/06/2022
- Artículo 6. Consecuencias de la aplicación indebida del derecho a percepción del bono social por parte de determinados colectivos en situación de vulnerabilidad económica.
- Sección 3
- Artículo 7. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
- Artículo 8. Modificación del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Prórroga de la consideración como esenciales de los servicios de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.
- Artículo 10. Modificación de la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.
- CAPÍTULO V
- Artículo 11. Prórroga del plazo previsto en el artículo 1.2.b) de la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas.
- Artículo 12. Flexibilización temporal del uso del Fondo de educación y promoción de las cooperativas con la finalidad de paliar los efectos del COVID-19.
- Artículo 13. Compatibilidad de la pensión de jubilación de los profesionales sanitarios con el desempeño de su actividad realizada al amparo de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declar
- Artículo 14. Compatibilidad de la pensión de jubilación de las y los profesionales que ejercen la medicina y la enfermería con el desempeño de su actividad realizada para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 2 redacciones · cambió el 23/12/2021
- CAPÍTULO VI
- Artículo 15. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- [Información relacionada]


