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Legislación › Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios, y se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas, total o parcialmente, las siguientes disposiciones:

a) La Orden de 8 de octubre de 1973 por la que se regula el empleo de herbicidas hormonales.

b) La letra a) del apartado 1 del artículo 4, el apartado 9 del artículo 2 y el apartado 3.2 del artículo 10 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas aprobada por Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre.

c) La Orden de 11 de diciembre de 1995 por la que se establecen las disposiciones relativas a las autorizaciones de ensayos y experiencias con productos fitosanitarios.

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