Legislación › Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria.
Artículo 16. Silencio administrativo.
Artículo 16. Silencio administrativo.
Se entenderá desestimada la solicitud en los procedimientos sobre otorgamiento y renovación de las licencias, en caso de no notificarse la resolución en el plazo reglamentariamente previsto.


