Legislación › Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana.
Artículo 89. Indemnizaciones por razón del servicio.
Artículo 89. Indemnizaciones por razón del servicio.
El personal funcionario percibirá las indemnizaciones correspondientes por razón del servicio. Reglamentariamente se ajustarán sus cuantías. Sus tipos y cuantías serán únicas para cada concepto para todo el personal.


