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Legislación › Ley 1/2022, de 11 de mayo, de Elecciones al Parlamento de Canarias.

Artículo 27. Modelos oficiales y verificación de papeletas y sobres.

Artículo 27. Modelos oficiales y verificación de papeletas y sobres.

1. La Junta Electoral de Canarias aprobará el modelo oficial de papeletas y sobres electorales de acuerdo con los criterios establecidos en las disposiciones de esta ley y en las normas de carácter reglamentario que la desarrollen.

2. Serán competentes para verificar que las papeletas y sobres electorales confeccionados por los grupos políticos concurrentes a las elecciones autonómicas se ajustan al modelo oficial:

a) Las juntas electorales provinciales, en relación con los correspondientes a las circunscripciones electorales insulares.

b) La Junta Electoral de Canarias, en relación con los correspondientes a la circunscripción electoral autonómica.

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