Legislación › Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.
Artículo 18. Características técnicas de los buques de cerco en el Caladero Mediterráneo.
Artículo 18. Características técnicas de los buques de cerco en el Caladero Mediterráneo.
En el Caladero del Mediterráneo la potencia motriz de los buques de cerco no será superior a 330 kW.


