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Legislación › Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales.

Artículo 21. Definición del arte de volanta.

Artículo 21. Definición del arte de volanta.

Se entiende por volanta un arte de enmalle fijo al fondo, de forma rectangular, constituido por varios paños de red (varias piezas de red de un solo paño) unidos entre sí, que se cala mediante un sistema de fondeo, provisto de lastres en la relinga inferior y flotadores en la superior para mantenerlo en sentido vertical sobre el fondo. La especie objetivo principal es la merluza.

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