Legislación › Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.
Artículo 60. El control económico-financiero.
Artículo 60. El control económico-financiero.
1. Corresponderá al Tribunal de Cuentas la fiscalización de la gestión económico-financiera del prestador del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito estatal.
2. Las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales fiscalizarán la gestión económico-financiera de los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual de ámbito autonómico o local conforme a lo dispuesto en la normativa autonómica.


