Legislación › Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Disposición final novena. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final novena. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Gobierno y el Ministerio competente en materia de igualdad, de acuerdo con lo previsto en esta ley y en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán dictar las normas reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.
← Disposición final octava Índice Disposición final décima →


