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Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 13 de julio de 2022 · Último cambio el 13 de julio de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
- Artículo 5. Derechos a la información y al asesoramiento de las personas víctimas de discriminación.
- Artículo 6. Definiciones.
- Artículo 7. Interpretación.
- Artículo 8. Inducción, orden o instrucción de discriminar o de cometer una acción de intolerancia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el empleo por cuenta ajena.
- Artículo 10. Negociación colectiva.
- Artículo 11. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el trabajo por cuenta propia.
- Artículo 12. Derecho a la igualdad de trato, a la no discriminación e intolerancia en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico.
- Artículo 13. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación.
- Artículo 14. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación no formal.
- Artículo 15. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la atención sanitaria.
- Artículo 16. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la prestación de los servicios sociales.
- Artículo 17. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la oferta al público de bienes y servicios.
- Artículo 18. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el ámbito de la seguridad ciudadana.
- Artículo 19. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la administración de justicia.
- Artículo 20. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el acceso a la vivienda.
- Artículo 21. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en establecimientos, o espacios y espectáculos abiertos al público.
- Artículo 22. Medios de comunicación social y publicidad, internet y redes sociales.
- Artículo 23. Inteligencia Artificial y mecanismos de toma de decisión automatizados.
- Artículo 24. Actividades culturales y deportivas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 25. Medidas de protección y reparación frente a la discriminación.
- Artículo 26. Nulidad de pleno derecho.
- Artículo 27. Atribución de responsabilidad patrimonial y reparación del daño.
- Artículo 28. Tutela judicial del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
- Artículo 29. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
- Artículo 30. Reglas relativas a la carga de la prueba.
- Artículo 31. Actuación administrativa contra la discriminación.
- Artículo 32. Del Ministerio Fiscal.
- CAPÍTULO II
- Artículo 33. Promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
- Artículo 34. Estrategia Estatal para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
- Artículo 35. Colaboración entre las administraciones públicas.
- Artículo 36. Estadísticas y estudios.
- Artículo 37. Subvenciones públicas y contratación.
- Artículo 38. Formación.
- Artículo 39. Diálogo con las organizaciones no gubernamentales.
- TÍTULO III
- Artículo 40. Creación y funciones.
- Artículo 41. Naturaleza, régimen jurídico, organización y funcionamiento.
- Artículo 42. Personal y recursos económicos.
- Artículo 43. Participación.
- Artículo 44. Deber de colaboración.
- Artículo 45. Relación con el Defensor del Pueblo.
- TÍTULO IV
- Artículo 46. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 47. Infracciones.
- Artículo 48. Sanciones.
- Artículo 49. Criterios de graduación de las sanciones.
- Artículo 50. Sanciones accesorias y sustitución de sanciones.
- Artículo 51. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 52. Autoridades competentes y procedimiento.
- TÍTULO V
- Artículo 53. Información, atención y medidas de apoyo a las víctimas de discriminación e intolerancia.
- Artículo 54. Campañas y apoyo a las organizaciones de víctimas y a las entidades especializadas en la asistencia de víctimas de discriminación y la intolerancia.
- Disposición adicional primera. Constitución de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
- Disposición adicional segunda. Asistencia jurídica a la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
- Disposición adicional tercera. Designación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
- Disposición adicional cuarta. No afectación de la legislación en materia de extranjería.
- Disposición adicional quinta. Cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación en materia de negociación colectiva y laboral.
- Disposición adicional sexta. Informe amplio e integral sobre disposiciones normativas vigentes y prácticas en la Administración del Estado que contraríen el deber de igualdad de trato y no discriminación.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de procedimientos.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Disposición final tercera. Modificaciones de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Disposición final quinta. Modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
- Disposición final séptima. Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
- Disposición final octava. Título competencial.
- Disposición final novena. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final décima. Entrada en vigor.
- [firma]


