LexTotal

Legislación › Ley 5/2022, de 29 de junio, de Actividad Física y Deporte.

Disposición adicional segunda. Establecimientos y servicios deportivos.

Disposición adicional segunda. Establecimientos y servicios deportivos.

Los establecimientos deportivos y las actividades físicas y deportivas que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la presente ley deberán adaptarse a lo establecido en la misma en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →