Legislación › Ley 6/2022, de 29 de junio, del Real Instituto de Estudios Asturianos.
Artículo 27. La Biblioteca, Hemeroteca y Archivo.
Artículo 27. La Biblioteca, Hemeroteca y Archivo.
La Biblioteca, Hemeroteca y Archivo desarrollarán labores de apoyo a la investigación asturianista, coordinando su funcionamiento con las restantes bibliotecas y archivos de la Comunidad Autónoma, especialmente con la Biblioteca de Asturias y el Archivo Histórico de Asturias.


