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Ley 6/2022, de 29 de junio, del Real Instituto de Estudios Asturianos.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 19 de julio de 2022 · Último cambio el 8 de julio de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Funciones.
- Artículo 3. Naturaleza jurídica.
- Artículo 4. Sede.
- TÍTULO II
- Artículo 5. Clases.
- Artículo 6. Miembros de número.
- Artículo 7. Miembros correspondientes.
- Artículo 8. Miembros de honor.
- Artículo 9. Miembros eméritos.
- TÍTULO III
- Artículo 10. Órganos de gobierno.
- CAPÍTULO I
- Artículo 11. Funciones.
- Artículo 12. Nombramiento y cese.
- Artículo 13. Retribuciones.
- Artículo 14. El Subdirector.
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Naturaleza.
- Artículo 16. Composición.
- Artículo 17. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 18. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 19. Naturaleza.
- Artículo 20. Composición.
- Artículo 21. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 22. Funciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Naturaleza y funciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 24. Clases.
- Artículo 25. Comisiones de trabajo.
- Artículo 26. Centros de estudio e investigación.
- Artículo 27. La Biblioteca, Hemeroteca y Archivo.
- Artículo 28. El Centro de Publicaciones.
- Artículo 29. Centros de investigación científica y tecnológica.
- TÍTULO IV
- Artículo 30. Financiación.
- Artículo 31. Régimen patrimonial y de contratación.
- Artículo 32. Régimen presupuestario y contable.
- Artículo 33. Régimen de personal.
- TÍTULO V
- Artículo 34. Disolución.
- Disposición adicional única. Uso de lenguaje no sexista.
- Disposición transitoria primera. Miembros eméritos a la entrada en vigor de la presente ley.
- Disposición transitoria segunda. Régimen jurídico de los órganos colegiados.
- Disposición transitoria tercera. Órganos de gobierno.
- Disposición transitoria cuarta. Igualdad entre mujeres y hombres.
- Disposición derogatoria única. Derogación de la Ley del Principado de Asturias 7/1988, de 5 de diciembre, por la que se reorganiza el Real Instituto de Estudios Asturianos.
- Disposición final primera. Reglamento de organización y funcionamiento.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- [firma]


