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Legislación › Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.

Artículo 50. Fomento de la autorregulación de los medios de comunicación social de titularidad privada.

Artículo 50. Fomento de la autorregulación de los medios de comunicación social de titularidad privada.

1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha velará por que los medios de titularidad privada transmitan una imagen igualitaria y no discriminatoria de las personas LGTBI.

2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá formación en materia de diversidad sexual a profesionales de los medios de comunicación social e impulsará pactos de autorregulación en los medios de comunicación de titularidad privada para que incorporen el respeto a la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o desarrollo sexual, tanto en contenidos informativos y de publicidad como en el lenguaje empleado. Para ello, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha elaborará recomendaciones y asesorará en el desarrollo de códigos deontológicos, de buenas prácticas y manuales de estilo para un tratamiento informativo plural e igualitario de las personas LGTBI.

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