LexTotal

Legislación › Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera. Informe trianual.

Disposición adicional primera. Informe trianual.

A partir de la entrada en vigor de esta ley, la consejería competente en materia LGTBI deberá evaluar el grado de cumplimiento y el impacto social de la misma a través de un informe que deberá ser elaborado cada tres años y será remitido a las Cortes de Castilla-La Mancha y al Consejo LGTBI de Castilla-La Mancha.

← Artículo 66 Índice Disposición adicional segunda →