Legislación › Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.
Disposición adicional cuarta. Creación del Servicio de atención integral LGTBI.
Disposición adicional cuarta. Creación del Servicio de atención integral LGTBI.
Se creará el Servicio de atención integral LGTBI en el plazo de dos años, desde la entrada en vigor de la presente ley.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


