Legislación › Ley Foral 20/2022, de 1 de julio, para el fomento de un parque de vivienda protegida y asequible en la Comunidad Foral de Navarra.
Disposición transitoria primera. Fecha de aplicación de la duración del régimen de protección.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 2022 y la del 14 de julio de 2026.
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Disposición transitoria primera. Fecha de aplicación de la duración del régimen de protección.
La modificación del artículo 43 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, prevista en el artículo primero de la presente ley foral, se aplicará a los expedientes de vivienda protegida cuya solicitud de calificación provisional sea posterior a la entrada en vigor de la presente ley foral. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-16359 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 2022 | Texto original | Leer |


