Legislación › Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja.
Artículo 27. Creación del Consejo de la Economía Social y Solidaria de La Rioja.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 2022 y la del 2 de julio de 2024.
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Artículo 27. Creación del Consejo de la Economía Social y Solidaria de La Rioja.
1. Se crea el Consejo de la Economía Social y Solidaria de La Rioja como máximo órgano de coordinación y participación en materia de economía social y Solidaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, revistiendo, asimismo, el carácter de órgano consultivo y asesor de la Administración riojana para las actividades relacionadas con la economía social y solidaria, especialmente en el ámbito de la promoción y difusión de la economía social y solidaria. (Sin contenido)
2. Este órgano colegiado quedará adscrito a la dirección general competente en materia de economía social y solidaria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de julio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-14006 | Leer | Qué cambió |
| 23 de julio de 2022 | Texto original | Leer |


