Legislación › Decreto-ley 9/2022, de 5 de julio, de medidas urgentes en materia de alquiler de vehículos con conductor.
Disposición transitoria. Solicitud de las autorizaciones.
Disposición transitoria. Solicitud de las autorizaciones.
A los efectos de la modificación hecha en el artículo 4 del Decreto ley 9/2022, de 5 de julio, de medidas urgentes en materia de alquiler de vehículos con conductor, se establece el plazo de un mes a contar desde la entrada en vigor de la Ley de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público correspondiente al año 2023 para presentar, ante la administración local competente, una solicitud de autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor de carácter urbano acogiéndose a las nuevas condiciones establecidas.
Se modifica por el art. 78.4 de la Ley 3/2023, de 16 de marzo. BOE-A-2023-10344
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-10344 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2022 | Texto original | Leer |
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