Legislación › Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana.
Artículo 11. Profesor o profesora de Educación Física.
Artículo 11. Profesor o profesora de Educación Física.
El profesor o la profesora de Educación Física dedica su actividad profesional a la enseñanza de la Educación Física en cualquiera de los niveles educativos previstos en la normativa reguladora del sistema educativo. Su actividad profesional se desarrollará de conformidad con lo dispuesto en su normativa específica y la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana.


