LexTotal

Legislación › Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

Disposición transitoria primera. Puesta en marcha de los nuevos sistemas de provisión.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de junio de 2022 y la del 13 de julio de 2022. Tachado: lo que se quitó (72 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera. Puesta en marcha de los nuevos sistemas de provisión.
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears deberá debe poner en marcha nuevos sistemas de provisión, de acuerdo con las modificaciones que se introducen en la Ley autonómica de función pública, después de que se resuelva el procedimiento de provisión de puestos de trabajo convocado mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 22 de octubre de 2021 por la que en cuanto se aprueban la convocatoria, resuelvan las bases, el baremo de méritos y la designación convocatorias de promoción interna correspondientes a las comisiones técnicas de valoración del procedimiento para proveer puestos de trabajo de personal funcionario de carrera de la Administración ofertas públicas de la Comunidad Autónoma empleo de las Illes Balears. los años 2019, 2020, 2021 y 2022.
2. La Relación de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se modificará, en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la vigencia de este decreto ley, para determinar la naturaleza de los puestos de trabajo, como genéricos o singularizados.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-13761 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2022 BOE-A-2023-2981 Leer Qué cambió
13 de julio de 2022 BOE-A-2022-15292 Leer Qué cambió
16 de junio de 2022 Texto original Leer

← Disposición adicional decimonovena Índice Disposición transitoria segunda →