Legislación › Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
Disposición transitoria primera. Puesta en marcha de los nuevos sistemas de provisión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de julio de 2022 y la del 8 de noviembre de 2022.
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Disposición transitoria primera. Puesta en marcha de los nuevos sistemas de provisión.
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears debe poner en marcha nuevos sistemas de provisión, de acuerdo con las modificaciones que se introducen en la Ley autonómica de función pública, en cuanto se resuelvan las convocatorias de promoción interna correspondientes a las ofertas públicas de empleo de los años 2019, 2020, 2021 y 2022.
2. La Relación de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se modificará, en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la vigencia de este decreto ley, modificará para determinar la naturaleza de los puestos de trabajo, como genéricos o singularizados. singularizados, una vez se haya aprobado el desarrollo del sistema de provisión por concurso abierto y permanente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-13761 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2022 | BOE-A-2023-2981 | Leer | Qué cambió |
| 13 de julio de 2022 | BOE-A-2022-15292 | Leer | Qué cambió |
| 16 de junio de 2022 | Texto original | Leer |
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