Legislación › Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
Artículo 43. Órganos directivos.
Artículo 43. Órganos directivos.
A los efectos de esta ley, tienen también la consideración de órganos directivos los titulares de los órganos superiores unipersonales de los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y los consorcios que forman parte del sector público de los consejos insulares.


