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Legislación › Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

Artículo 43. Órganos directivos.

Artículo 43. Órganos directivos.

A los efectos de esta ley, tienen también la consideración de órganos directivos los titulares de los órganos superiores unipersonales de los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y los consorcios que forman parte del sector público de los consejos insulares.

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