Legislación › Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
Artículo 87. Reglamento orgánico.
Artículo 87. Reglamento orgánico.
Para la elaboración del reglamento orgánico se seguirán los siguientes trámites: aprobación inicial por el pleno, información pública por un plazo no inferior a un mes, informe sobre alegaciones, informe de los servicios jurídicos, dictamen del Consejo Consultivo y aprobación definitiva por el pleno.


